Boletín Oficial de la Pcia. de Valladolid del 25/9/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid

Boletín oficial de la Provincia de valladolid Núm. 185

Viernes, 25 de septiembre de 2020

Pág. 8

ANEXO II
Servidumbres y limitaciones a la propiedad F: Número que asigna el proyecto a cada finca afectada, como elemento de identificación.
PD: Expropiación en pleno dominio.
Se refleja la superficie, en metros cuadrados, de la finca que se expropia en pleno dominio. Superficie ocupada por los apoyos y sus cables de puesta a tierra, superficie ocupada por centros de seccionamiento, superficie ocupada por centros de transformación y subestaciones, superficie ocupada por PANELES SOLARES, superficie ocupada por los paneles solares, superficie para caminos de acceso que quedan a disposición y uso permanente de la instalación.

Pág. 8

Núm. 185
Viernes, 25 de septiembre de 2020

SA: Superficie de afección, con limitaciones a la propiedad.
Se expresará en metros cuadrados.
Es la superficie en la que, debido a las líneas eléctricas, no se pueden plantar árboles, no se pueden construir edificios ni instalaciones industriales y no se pueden realizar trabajos de arada con profundidad superior a 60
centímetros en los tramos por los que discurren líneas subterráneas. También es la superficie sobre la que no se pueden plantar árboles, realizar construcciones o torres que proyecten su sombra sobre los paneles solares de forma significativa.
Para líneas aéreas de distribución, se calcula añadiendo 5 metros a la proyección más desfavorable sobre el terreno de los conductores exteriores, bajo una acción del viento de 120 km/h.
Para líneas subterráneas, se calcula multiplicando el doble del ancho de la zanja necesaria por la longitud de afección a la finca por la línea subterránea.
OT: Superficie Ocupación temporal Se considerará la superficie necesaria para construir las líneas, los centros de seccionamiento, los centros de transformación, las subestaciones, que no esté incluida en la superficie considerada en la servidumbre permanente de paso. Son los caminos para la maquinaria, cuando no se pueda ir por la traza de la línea, por los caminos realizados mediante expropiación en pleno dominio o por la superficie sobrevolada por las palas. Estas superficies se podrán ocupar en su día para acceder a realizar las operaciones de mantenimiento y reparación.
Estas superficies, tras realizar la instalación, se van a dejar como estaba antes de iniciar los trabajos.

sección: II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA
organismo: JUNTA DE CASTILLA Y LEON

cve: BOPVA-A-2020-03072

BOLETÍN OFICIAL DE LA P ROVINCIA DE VALLADOLID

SSP: Superficie servidumbre permanente de paso.
Se considera la superficie, en metros cuadrados, ocupada por la proyección de la línea sobre el terreno en las condiciones más desfavorables de viento.
En las líneas aéreas se obtiene calculando el área obtenida por la proyección sobre el terreno de los conductores exteriores, en las condiciones más desfavorables en que los conductores estén desplazados hacia el exterior de la línea por un viento de 120 km/h, para cada finca afectada.
En las líneas subterráneas se obtiene de multiplicar el ancho de la zanja necesaria para establecer la línea por la longitud de tendido subterráneo que afecta a la finca.
Por esta superficie pasa la línea permanentemente y el titular de la instalación tiene servidumbre de paso, como predio dominante, para vigilar, conservar y reparar la instalación.
El uso de esta servidumbre lleva implícita la indemnización de los daños que se produzcan al dueño del predio sirviente, cada vez que se haga uso de la misma.

http www.diputaciondevalladolid.es
D.L.: N VA-200/2010
BOPVA-B-2020-185

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Valladolid del 25/9/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Valladolid

PaísEspaña

Fecha25/09/2020

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones5576

Primera edición02/01/2003

Ultima edición16/04/2024

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