Boletín Oficial de Navarra del 27/7/2021
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Fuente: Boletín Oficial de Navarra
Martes, 27 de julio de 2021
Número 174 - Página 9859
6. OTROS ANUNCIOS
6.1. EDICTOS DE NOTIFICACIÓN
ARGUEDAS
Baja por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 72
del Real Decreto 2612/96, de 20 de diciembre por el cual se modifica el Reglamento de población y demarcación territorial de las entidades Locales, se notifica a las personas que se relacionan a continuación, o a sus representantes legales, la incoación de un expediente de baja del Padrón Municipal de Habitantes de Arguedas por no cumplir las condiciones de residencia establecidas en el artículo 54 del mencionado Reglamento.
EXPEDIENTE
TARJ. RES.
O PASAPORTE
FECHA
NACIMIENTO
PAÍS DE
NACIONALIDAD
b Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes desde la notificación de la misma.
c Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.
Milagro, 15 de julio de 2021.El alcalde, José Ignacio Pardo Blanco.
EXP.
NOMBRE Y APELLIDOS
TARJ. RES. O
PASAPORTE
FECHA
PAÍS DE
FECHA
NACIMIENTO NACIONALIDAD CADUCIDAD
Y06801582 J
ECUADOR
D230684
URUGUAY
23-4-2021
ECUADOR
3-5-2021
BELLA KAILANI MONSERRATE VEGA
6-5-2021
MARRUECOS 8-5-2021
DOMICILIO
11/2021
X4620588A
16/09/1983
Portugal
Calle Jardines, número 8
12/2021
X6987300S
10/02/1983
Portugal
Calle Jardines, número 8
No Habiéndose podido practicar comunicación individualizada, mediante el presente anuncio, se les notifica el trámite de audiencia para que presenten las alegaciones junto a los documentos y justificaciones que estimen pertinentes en el plazo de 15 días a partir del día siguiente a la publicación. Las alegaciones se podrán presentar en el Registro de entradas de este Ayuntamiento.
Transcurrido el plazo indicado, y previo informe favorable del Consejo de Empadronamiento, se procederá a la baja del Padrón Municipal de Habitantes de Arguedas, de aquellos que no hayan manifestado desacuerdo con el contenido del expediente.
Arguedas, 6 de julio de 2021.El alcalde, Jose M. Pardo Ayala.
L2111277
BUÑUEL
Baja en el Padrón Municipal de Habitantes No habiendo podido notificarse a los interesados que a continuación se relacionan, el expediente de incoación de baja en el Padrón Municipal de Habitantes por inscripción indebida, según Resolución de Alcaldía número 119/2021, de 17 de mayo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace pública la siguiente notificación, para que, en el plazo de quince días desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, los interesados puedan formular las alegaciones y presentar cuantos documentos y justificantes estimen convenientes en defensa de su derecho.
N.º IDENTIFICACIÓN
X4860087A
78844710C
X0359362X
X6490040S
Buñuel, 14 de julio de 2021.La alcaldesa, María Teresa Espinosa Sáenz.
L2111269
MILAGRO
Bajas por caducidad en Padrón Municipal de Habitantes El Alcalde del Ayuntamiento de Milagro, ha resuelto declarar la caducidad de la inscripción y acordar la baja en el Padrón Municipal de Habitantes de este municipio de las personas que se detallan en el anexo adjunto. Estas bajas se realizarán en base al artículo 16 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local modificado por la Ley Orgánica 14/2003. La fecha de baja será la de la notificación al interesado o, en su defecto, la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
Habiendo resultado imposible practicar la notificación prevista en el artículo 69.1 y 2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de dicha Ley.
Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:
a Recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución.
162020367
ARGELIA
Y05283593 R
MARRUECOS 19-6-2021
15-5-2021
Y06950981 G
MARRUECOS 17-6-2021
Y06950959 M
MARRUECOS 17-6-2021
Y05283585 Q
MARRUECOS 20-6-2021
Y06942071 H
MARRUECOS 12-6-2021
Y05283557 B
MARRUECOS 19-6-2021
X08534494 E
ECUADOR
21-6-2021
L2111268
VALTIERRA
Declaración de ruina de edificio en la calle Cuesta de Pedro Gil, 2
Siendo imposible la notificación del acuerdo de declaración de ruina del edificio sito en la calle Cuesta de Pedro Gil, número 2, de esta localidad, por tratarse de propietarios fallecidos sin conocimiento de herederos legítimos, se procede de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública, a efectuar la citada notificación mediante el presente anuncio, en el que se transcribe íntegramente el acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 15 de febrero de 2021:
Visto el informe de la arquitecta municipal de fecha 6 de octubre de 2020 en el que señala que el edificio sito calle Cuesta Pedro Gil número dos parcela 733 polígono 10 de Valtierra propiedad de don Antero Dos Santos Correia, carece de las suficientes condiciones de seguridad constructiva, por lo que no está garantizada su estabilidad, resistencia, firmeza y solidez. Además, no posee ningún tipo de adecuación, ni la estructural, ni la funcional y por lo tanto es imposible utilizar la construcción conforme a su destino.
En la edificación existen daños en los elementos estructurales de cubierta. Además, sería necesaria la restauración del resto del edificio y la habilitación de dependencias para que reúnan las condiciones higiénicas mínimas. Esta situación corresponde a obras que van más lejos de la mera conservación y el coste de ésta es desproporcionado con el valor del inmueble. El coste de las obras a realizar es considerablemente superior al 50% del valor actual del edificio, excluido el valor del terreno.
A la vista de que estamos ante dos de los supuestos del artículo 199.2
del Decreto Foral Legislativo 1/2017, procede declarar la existencia de ruina del edificio y ordenar su demolición, señalándose un plazo de inicio de las obras de demolición de 30 días con un plazo de terminación de una semana.
En tanto en cuanto no se ejecuten las obras de demolición de la edificación y para garantizar la seguridad de personas y bienes, se deberán adoptar las medidas de seguridad pertinentes.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 199 del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo y en los artículos 17 A 28 del Reglamento de Disciplina Urbanística Real Decreto 2187/1978
de 23 de junio y demás normativa del procedimiento administrativo aplicable y artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, por unanimidad, se acuerda:
Primero.Iniciar expediente de declaración de ruina del edificio sito en calle Cuesta Pedro Gil, número dos parcela 733 polígono 10 de Valtierra propiedad de don Antero Dos Santos Correia.
Segundo.Poner de manifiesto el expediente a los moradores y a los titulares de derechos reales sobre el inmueble, dándoles traslado literal de los informes técnicos, para que, en un plazo de 15 días hábiles aleguen y presenten por escrito los documentos y justificaciones que estimen pertinentes en defensa de sus respectivos derechos.