Boletín Oficial de Navarra del 18/2/2021

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Fuente: Boletín Oficial de Navarra

Jueves, 18 de febrero de 2021

Número 38 - Página 1663

1. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
1.1. DISPOSICIONES GENERALES

ORDEN FORAL 16/2021, de 4 de febrero, de la Consejera de Eco nomía y Hacienda, por la que se declaran oficiales las cifras de población de los Concejos de Navarra con referencia al 1 de enero de 2020.

1.1.3. Órdenes Forales ORDEN FORAL 15/2021, de 2 de febrero, de la Consejera de Economía y Hacienda, por la que se actualizan para el año 2021 los importes establecidos en el artículo 68 del texto refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, relativos a las deducciones por pensiones de viudedad y por pensiones de jubilación.
El artículo 68 del texto refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, regula las deducciones por pensiones de viudedad y por pensiones de jubilación, recogiendo sus apartados A.4.3. y B.4.4., respectivamente, los importes que permiten calcular la deducción aplicable en cada caso, así como las cantidades a tener en cuenta para el cálculo del límite de rentas que permiten aplicar la deduciión.
De acuerdo con las actualizaciones realizadas para 2018 y 2019, de conformidad con lo establecido en el apartado B.4.4. del articulo 68 de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, los importes que sirven como base de la deducción por pensiones de jubilación en su modalidad contributiva y las cantidades a tener en cuenta para el cálculo de límite de rentas en la mencionada deducción se igualaron, para 2019, a los respectivos importes y cantidades que se tienen en cuenta en las deducciones por pensiones de viudedad.
En los años siguientes la cantidad será la que corresponda al aplicar a la del año anterior el valor mayor entre el acumulado del incremento del IPC en Navarra y el de los salarios medios de Navarra, en los términos que reglamentariamente se establezcan, actualizádose de igual forma las cantidades a tener en cuenta para el cálculo del límite de rentas.
El artículo 57.bis.2 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral 174/1999, de 24 de mayo, establece que la actualización de las cuantías previstas en el artículo 68.
A 4.3. y 68.B 4. 4. de la Ley Foral del Impuesto, se realizará mediante orden foral de la persona titular del Departamento competente en materia tributaria y tendrá efectos desde el mes de enero del año de actualización.
El porcentaje de actualización será el mayor valor entre el incremento medio anual del Índice de Precios de Consumo IPC en Navarra en el año anterior y el de los salarios medios de Navarra estimados por el coste salarial ordinario de la Encuesta Trimestral de Coste Laboral en los tres primeros trimestres del año anterior y el último trimestre del año precedente a ese año, en ambos casos según los datos del Instituto Nacional de Estadística.
Para aquellos períodos en los que ambos indicadores reflejen tasas de variación negativas, el porcentaje de actualización será nulo.
Según los datos publicados el 15 de enero de 2021 por el Instituto de Nacional de Estadística, la media anual de incremento del IPC para Navarra en 2020 es de -0,6 por 100.
Por otro lado, según los datos publicados de la Encuesta Trimestral de Coste Laboral ETCL por el Instituto Nacional de Estadística, el coste salarial ordinario teniendo en cuenta los tres primeros trimestres del año 2020 y el último de 2019 se ha incrementado un -0,5 por 100.
Por lo tanto, dado que ambos índices reflejan una evolucion negativa, las cantidades recogidas en el artículo 68 de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, de acuerdo con lo establecido en ese artículo y en el artíulo 57.bis del Reglamento del Impuesto, serán las mismas que las vigentes durante 2020.
En consecuencia, ORDENO:
1.º Dado que la variación del acumulado del incremento del IPC y de los salarios medios de Navarra en 2020 ha sido negativa, los importes establecidos en el artículo 68 del texto refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, serán en 2021 mismos que en 2020:
CUANTÍAS 2020

INCREMENTO

CUANTÍAS 2021

Importe para el cálculo de la deducción
10.512,70

0%

10.512,70

Limite de rentas individual
18.065,00

0%

18.065,00

Limite de rentas conjunto
21.025,00

0%

21.025,00

2.º Trasladar la presente orden foral a la Dirección General de Inclusión y Protección Social, del Departamento de Derechos Sociales.
3.º Publicar la presente orden foral en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.
Pamplona, 2 de febrero de 2021.La Consejera de Economía y Hacienda, Elma Saiz Delgado.

F2101694

Una vez obtenidas las cifras de población de los Concejos, realizadas las comprobaciones pertinentes y en coherencia con las cifras oficiales de población de los municipios, se hace preciso, a tenor de lo previsto en el artículo 1.2. del Decreto Foral 50/1998, aprobar las cifras oficiales de los Concejos de Navarra a 1 de enero de 2020.
En consecuencia, ORDENO:
1. Declarar oficiales las cifras de la población de los Concejos de Navarra con referencia al 1 de enero de 2020, que figuran en el anexo adjunto.
2. Las cifras de la población de los Concejos se publicarán en el Boletín Oficial de Navarra.
Pamplona, 4 de febrero de 2021.La Consejera de Economía y Hacienda, Elma Saiz Delgado.
POBLACIÓN DE LOS MUNICIPIOS Y CONCEJOS DE NAVARRA
AL01012020
CÓDIGO

DENOMINACIÓN

MUNICIPIO CONCEJO

1

ABÁIGAR

2

ABÁRZUZA / ABARTZUZA

544

82

3

ABAURREGAINA / ABAURREA ALTA

127

4

ABAURREPEA / ABAURREA BAJA

5

ABERIN

6

ABLITAS

7

ADIÓS

8

AGUILAR DE CODÉS

9

AIBAR / OIBAR

10

ALTSASU / ALSASUA

11

ALLÍN / ALLIN

31
340
2.484
152
66
794
7.465
874

Amillano
24

Aramendía
57

Arbeiza
190

Artavia
108

Echávarri
69

Eulz
59

Galdeano
62

Larrión
154

Muneta
36

Zubielqui
115

12

ALLO

960

13

AMÉSCOA BAJA

711

Artaza
138

Baquedano
123

Baríndano
96

Ecala
36

Gollano
30

San Martín de Améscoa
65

Zudaire 14

ANCÍN / ANTZIN

223
338

Ancín
319

Mendilibarri 15

ANDOSILLA

16

ANSOÁIN / ANTSOAIN

17

ANUE

19
2.784
10.836
481

Aritzu
45

Burutain
85

Egozkue
30

Etsain
39

Etulain
27

Leazkue
14

Olague
240

Otras entidades 18

AÑORBE

19

AOIZ / AGOITZ

1
595
2.777

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 18/2/2021

TítuloBoletín Oficial de Navarra

PaísEspaña

Fecha18/02/2021

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones4641

Primera edición02/03/2001

Ultima edición29/08/2023

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