Boletín Oficial de Navarra del 2/2/2021

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de Navarra

Martes, 2 de febrero de 2021

Número 24 - Página 933

1. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL
1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo RESOLUCIÓN 43/2021, de 18 de enero, de la Vicerrectora de Profesorado de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21
de diciembre, de Universidades, el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios, el Real Decreto 1313/2007, de 5
de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios, y a tenor de lo dispuesto en los Estatutos de la Universidad Pública de Navarra, aprobados por Decreto Foral 110/2003, de 12 de mayo, y en el Reglamento para los concursos de acceso a cuerpos de funcionarios docentes universitarios de la Universidad Pública de Navarra, aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de febrero de 2009.
Vista la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador de la Universidad Pública de Navarra para el año 2020 Boletín Oficial de Navarra de 6 de marzo de 2020, en la que se incluyen 11 plazas de promoción interna para el acceso al cuerpo de Catedráticos de Universidad.
Considerando el acuerdo de convocatoria de plazas de profesores de los cuerpos docentes universitarios de la Universidad Pública de Navarra correspondientes a la Oferta de Empleo Público para el año 2020, aprobado por el Consejo de Gobierno en sesión celebrada el 27 de noviembre de 2020.
Emitido informe por la Sección de Nóminas y Seguridad Social, y por la Intervención de la Universidad.
Considerando el informe-propuesta del Jefe de la Sección de Gestión de Personal, que cuenta con el visto bueno del Director del Servicio de Recursos Humanos.
En uso de las competencias delegadas por Resolución 1420/2019, de 3 de julio, del Rector de la Universidad Pública de Navarra, por la que se aprueba la estructura general del equipo rectoral y se determinan sus funciones, HE RESUELTO:
Primero.Aprobar la convocatoria de concurso de acceso a 11 plazas del cuerpo de Catedráticos de Universidad, por el sistema de promoción interna, así como sus bases.
Segundo.Ordenar su publicación en la página web de la Universidad Pública de Navarra, en el Boletín Oficial de Navarra y en el Boletín Oficial del Estado.
Tercero.Comunicar la presente resolución al Servicio de Recursos Humanos y a los miembros de las Comisiones de Acceso, a los efectos oportunos.
Pamplona, 18 de enero de 2021.La Vicerrectora de Profesorado, Inés Olaizola Nogales.
CONVOCATORIA DE CONCURSO DE ACCESO A PLAZAS
DEL CUERPO DE CATEDRÁTICOS DE UNIVERSIDAD
Esta convocatoria se regirá por las siguientes BASES
1.Normas generales.
1. Es objeto de las presentes bases la regulación del concurso de acceso a las plazas del cuerpo de Catedráticos de Universidad que se relaciona en el Anexo I.
2. Este concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios, el Real Decreto 1313/2007, de 5
de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios, los Estatutos de la Universidad Pública de Navarra, aprobados por Decreto Foral 110/2003, de 12 de mayo, el Reglamento para los concursos de acceso a cuerpos de funcionarios docentes universitarios de la Universidad Pública de Navarra, aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de febrero de 2009, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, las presentes bases de la convocatoria, así como las demás normas de carácter general que resulten de aplicación.
3. De conformidad con el artículo 80.3 de los Estatutos de la Universidad Pública de Navarra, no podrán transcurrir más de cuatro meses entre la publicación de la relación definitiva de admitidos y la resolución del concurso, salvo prórroga de este plazo por fuerza mayor, impugnaciones dilatorias u otra causa justificada.
Para el cómputo de dicho plazo, el mes de agosto será inhábil a todos los efectos.
4. Conforme a lo dispuesto en el artículo 45.1.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones a que dé lugar este proceso selectivo, con excepción de la publicación en el Boletín Oficial del Estado a que se refiere la base cuarta, se realizarán en el siguiente enlace de la web de la Universidad Pública de Navarra, en la reseña correspondiente a esta convocatoria, careciendo de validez las que se lleven a cabo en lugares distintos:
https sedeelectronica.unavarra.es/sede/tablon-electronico/empleopublico/convocatorias-pdi 2.Requisitos de las personas aspirantes.
Para la admisión al concurso deben reunirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión, los siguientes requisitos:
a Ser mayor de 18 años y no haber cumplido la edad de jubilación forzosa.
b No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que impida el desempeño de las funciones correspondientes a la plaza convocada.
c No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. En el caso de los aspirantes que no posean la nacionalidad española, el cumplimiento de este requisito comportará no hallarse sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.
d Pertenecer al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad o a la Escala de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación, y haber prestado, como mínimo, dos años de servicios efectivos bajo dicha condición.
e Estar acreditado para el cuerpo de Catedráticos de Universidad, de acuerdo con lo que prevé el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios, o estar habilitado conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios y el régimen de los concursos de acceso.
3.Tasa.
3.1. La tasa por la prestación de los servicios necesarios para la realización del proceso selectivo será de 41,60 euros, conforme a lo establecido en la Ley Foral 7/2001, de 27 de marzo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración Foral de Navarra.
Dicha cantidad se ingresará en la cuenta corriente número ES16
3008 0001 18 0700190523 de Caja Rural de Navarra, debiendo figurar en el justificante la identidad del aspirante y la identificación Concurso de Acceso Cuerpos Docentes Universitarios.
3.2. Estarán exentas del pago de la tasa:
a Las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33 por 100.
b Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que durante el período de inscripción no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.
Esta circunstancia se acreditará de la siguiente manera:
La inscripción como demandante de empleo se acreditará mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo que corresponda, en la que se hará constar la fecha de inscripción como demandante y la mención expresa de que durante el período de inscripción no ha rechazado oferta de empleo adecuado, ni ha habido negativa a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.
La carencia de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional, se acreditará mediante declaración responsable de la persona interesada.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 2/2/2021

TítuloBoletín Oficial de Navarra

PaísEspaña

Fecha02/02/2021

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones4641

Primera edición02/03/2001

Ultima edición29/08/2023

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Febrero 2021>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28