Boletín Oficial de Navarra del 22/7/2020

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Fuente: Boletín Oficial de Navarra

Página 7056 - Número 161

Miércoles, 22 de julio de 2020

con lo dispuesto en el artículo 99.4 de la referida ley foral, se procede a publicar el presente edicto en el Boletín Oficial de Navarra y se comunica a los siguientes interesados para que comparezcan personalmente o debidamente representados en el plazo de quince días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de Navarra, en horario de nueve de la mañana a dos de la tarde, de lunes a viernes, en la oficina gestora sita en la calle Íñigo Arista, número16, bajo, de Pamplona, a fin de darse por notificados, advirtiéndoles que transcurrido dicho plazo sin comparecer se les tendrá por notificados de los correspondientes actos, a todos los efectos, desde el día siguiente al del vencimiento del mencionado plazo.
Se apercibe a los obligados tributarios que cuando cualquiera de los trámites del procedimiento de apremio se entienda notificado, por no haber comparecido por sí mismos o por sus representantes, se les tendrá por notificados de las sucesivas actuaciones y diligencias que se dicten en el procedimiento de apremio, manteniéndose el derecho que les asiste a comparecer en él en cualquier otro momento. No obstante, la resolución de enajenación de bienes embargados se notificará, en su caso, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 99 de la Ley Foral General Tributaria.
Acto que se notifica: procedimiento administrativo de apremio. Diligencia de embargo de bienes inmuebles. Artículo 113.2 del Decreto Foral 177/2001, de 2 de julio, Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra.
Contra este acto administrativo cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:
a Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.
b Recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de esta resolución.
Olite, 1 de julio de 2020.El Recaudador Ejecutivo, Xabier Eraso Lara.
INTERESADOS QUE SE CITAN
Expediente:
deudor.
Expediente:
deudor.
Expediente:
deudor.
Expediente:
deudor.
Expediente:
deudor.

15725783Q. Nombre: -. Condición en la que se citan:
15725783Q. Nombre: -. Condición en la que se citan:
15725783Q. Nombre: -. Condición en la que se citan:

COMUNIDAD DE REGANTES VIANA II
Notificación de diligencia de embargo de bienes inmuebles Referencia: E529000/00001/2020
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en el artículo 99.2 de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria, por circunstancias que en cada caso obran en el expediente, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99.4 de la referida ley foral, se procede a publicar el presente edicto en el Boletín Oficial de Navarra y se comunica a los siguientes interesados para que comparezcan personalmente o debidamente representados en el plazo de quince días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de Navarra, en horario de nueve de la mañana a dos de la tarde, de lunes a viernes, en la oficina gestora sita en la calle Íñigo Arista, número16, bajo, de Pamplona, a fin de darse por notificados, advirtiéndoles que transcurrido dicho plazo sin comparecer se les tendrá por notificados de los correspondientes actos, a todos los efectos, desde el día siguiente al del vencimiento del mencionado plazo.
Se apercibe a los obligados tributarios que cuando cualquiera de los trámites del procedimiento de apremio se entienda notificado, por no haber comparecido por sí mismos o por sus representantes, se les tendrá por notificados de las sucesivas actuaciones y diligencias que se dicten en el procedimiento de apremio, manteniéndose el derecho que les asiste a comparecer en él en cualquier otro momento. No obstante, la resolución de enajenación de bienes embargados se notificará, en su caso, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 99 de la Ley Foral General Tributaria.
Acto que se notifica: procedimiento administrativo de apremio. Diligencia de embargo de bienes inmuebles. Artículo 113.2 del Decreto Foral 177/2001, de 2 de julio, Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra.
Contra este acto administrativo cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:
a Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.
b Recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de esta resolución.
Viana, 1 de julio de 2020.El Recaudador Ejecutivo, José Hilario López Arandia.

15725783Q. Nombre: -. Condición en la que se citan:
15725783Q. Nombre: -. Condición en la que se citan:
P2007150

INTERESADOS QUE SE CITAN
Expediente: 15690448D. Nombre: -. Condición en la que se citan:
deudor.

Boletín Oficial de Navarra, calle Esquíroz, 20 bis, 31007 Pamplona. Teléfono: 848 42 12 50. Fax: 848 42 12 40. bon@navarra.es Edición: Gobierno de Navarra. Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior. Boletín Oficial de Navarra Periodicidad: De lunes a viernes excepto festivos en la Comunidad Foral de Navarra Tasas por publicación: Artículo 35 de la Ley Foral de Tasas y Precios Públicos
D.L. NA. 1-1958 ISSN 2253-9646

www.bon.navarra.es
P2007116

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 22/7/2020

TítuloBoletín Oficial de Navarra

PaísEspaña

Fecha22/07/2020

Nro. de páginas106

Nro. de ediciones4641

Primera edición02/03/2001

Ultima edición29/08/2023

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