Boletín Oficial de Navarra del 14/11/2019

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de Navarra

Jueves, 14 de noviembre de 2019

Número 225 - Página 13469

1. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
1.1. DISPOSICIONES GENERALES
1.1.1. Leyes Forales y Decretos Forales Legislativos LEY FORAL 24/2019, de 4 de noviembre, de 2019 de concesión de un crédito extraordinario para el abono de las subvenciones a partidos y formaciones políticas para la financiación de los gastos de las elecciones al Parlamento Foral de Navarra celebradas el 26 de mayo de 2019.
LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA.
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente:
LEY FORAL DE CONCESIÓN DE UN CRÉDITO EXTRAORDINARIO
PARA EL ABONO DE LAS SUBVENCIONES A PARTIDOS Y FORMACIONES POLÍTICAS PARA LA FINANCIACIÓN DE LOS GASTOS DE LAS
ELECCIONES AL PARLAMENTO FORAL DE NAVARRA CELEBRADAS
EL 26 DE MAYO DE 2019.
PREÁMBULO
La Ley Foral 16/1986, de 17 de noviembre, reguladora de las elecciones al Parlamento de Navarra, establece en el artículo 44 que la Comunidad Foral de Navarra concederá a los partidos políticos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores, subvenciones para financiar los gastos electorales.
El artículo 48 de la misma norma dispone que el Gobierno de Navarra, dentro del mes siguiente a la remisión del informe de la Cámara de Comptos sobre regularidad de las contabilidades electorales, presentará al Parlamento de Navarra un proyecto de ley foral de concesión de un crédito extraordinario por el importe de las subvenciones a adjudicar, las cuales deberán hacerse efectivas dentro de los treinta días siguientes a la aprobación por el Parlamento de dicho proyecto.
La presente ley foral tiene por objeto cumplir el mandato establecido en la normativa electoral vigente, contribuyendo de este modo a la financiación de los gastos originados por las elecciones al Parlamento de Navarra celebradas el día 26 de mayo de 2019.
Artículo 1. Concesión de crédito extraordinario.
Se concede un crédito extraordinario en la partida 010001000014819912100 Subvenciones a partidos políticos del Presupuesto de Gastos de 2019, por importe de 1.301.949 euros.
Artículo 2. Financiación del crédito extraordinario.
La financiación de este crédito extraordinario se realizará con cargo a los mayores ingresos realizados en la partida 110003111303800000000
Reintegros, por importe de 1.301.949 euros.
Disposición final única.Entrada en vigor.
La presente ley foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de S.M. el Rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicación en el Boletín Oficial de Navarra y su remisión al Boletín Oficial del Estado y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.
Pamplona, 4 de noviembre de 2019.La Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra, María Chivite Navascués.
F1914052

1.7. OTROS
RESOLUCIÓN 105/2019, de 28 de octubre, del Director General de Educación, por la que se establece el procedimiento de solici tud de prórroga de la jornada continua o flexible, para el curso 20202021, para los centros educativos que la tienen autorizada, en el curso 20192020.
La Resolución 681/2018, de 26 de diciembre, del Director General de Educación, autorizaba la prórroga de la jornada escolar continua o flexible, para el curso 20192020, a los centros educativos que la tenían autorizada de forma experimental en el curso 20182019.
En esta Resolución 681/2018, quedaban excluidos los centros en los que se implantó, de forma experimental, la jornada escolar continua o flexible, durante el curso 20182019, mediante la Resolución 29/2018, de 6 de febrero, del Director General de Educación.

Así mismo, la Resolución 288/2019, de 17 de mayo, del Director General de Educación, estableció la prórroga automática de la jornada continua o flexible para el curso 20192020, en aquellos centros educativos en los que se implantó, de forma experimental, en el curso 20182019
mediante la Resolución 29/2018, de 6 de febrero, del Director General de Educación.
La presente Resolución establece el procedimiento para solicitar la prórroga, de forma experimental para el curso 20202021, del tipo de jornada que tuvieran los centros educativos relacionados en la Resolución 681/2018 y en la Resolución 288/2019.
Quedan eximidos de lo dispuesto en la presente Resolución, los centros educativos que fueron autorizados para implantar la jornada continua o flexible, para los cursos 20192020 y 20202021, mediante la Resolución 122/2019, de 14 de marzo, del Director General de Educación.
Visto el informe favorable emitido por el Director del Servicio de Ordenación, Orientación e Igualdad de Oportunidades para que los centros educativos relacionados en la Resolución 681/2018 y en la Resolución 288/2019 puedan solicitar la prórroga de la jornada continua o flexible, según el caso.
En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 32.1.d de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, RESUELVO:
1.º Establecer, para los centros relacionados en el Anexo II, el procedimiento de solicitud de prórroga de la jornada continua o flexible, de forma experimental para el curso 20202021, según lo dispuesto en el Anexo I.
2.º Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Educación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
3.º Trasladar la presente Resolución y sus Anexos al Servicio de Ordenación, Orientación e Igualdad de Oportunidades, al de Inspección Educativa y al de Infraestructuras Educativas a los efectos oportunos.
4.º Publicar la presente Resolución y sus Anexos en el Boletín Oficial de Navarra.
Pamplona, 28 de octubre de 2019.El Director General de Educación, Gil Sevillano González.
ANEXO I
Prórroga, para el curso 20202021, del tipo de jornada, continua o flexible 1. Los centros educativos relacionados en el Anexo II podrán continuar con la jornada continua o flexible, según el caso, durante el curso 20202021, previa solicitud a la Sección de Ordenación Académica.
2. Para ello, los centros educativos convocarán una sesión extraordinaria de Consejo Escolar, en cuyo orden del día se incluirán, al menos, los siguientes puntos:
a Presentación, por parte de la Directora o Director, del análisis y valoración de la jornada escolar realizados por el equipo directivo y que habrán sido recogidos en la memoria anual del curso 20182019.
b Presentación, por parte de la Presidenta o Presidente, de la evaluación de la jornada escolar realizada por el Consejo Escolar según los parámetros establecidos por dicho órgano.
c Presentación, por parte de la Directora Director, de los posibles cambios a los que se refiere el punto 9 de este Anexo I.
d Votación de los miembros del Consejo Escolar, sobre la prórroga del tipo de jornada escolar. Se levantará acta de dicha votación y de la consecuente decisión del propio Consejo Escolar, según el modelo del Anexo III que se deberá exponer, públicamente, en el centro.
3. Para facilitar la votación mencionada en el punto 2d, previamente, la Directora o el Director permitirá la celebración de reuniones con la finalidad de que los distintos componentes de la comunidad escolar tengan acceso a la información referenciada en el punto 2a, 2b y 2c, así como para que los miembros del Consejo Escolar con derecho a voto puedan conocer la opinión de sus representados y, por lo tanto, puedan ejercer el voto con la máxima objetividad.
4. La pregunta sometida a consulta será la siguiente:
Está usted a favor de la prórroga de la jornada escolar vigente?
SI
NO
5. Se prorrogará la jornada continua o flexible, según el caso, para el curso 20202021 si la mayoría absoluta de los miembros del Consejo Escolar, con derecho a voto, votaran afirmativamente a la pregunta anterior. Si no se alcanzara este valor, el centro educativo volverá a impartir la jornada partida clases de mañana y tarde en el curso 20202021.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 14/11/2019

TítuloBoletín Oficial de Navarra

PaísEspaña

Fecha14/11/2019

Nro. de páginas30

Nro. de ediciones4641

Primera edición02/03/2001

Ultima edición29/08/2023

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Noviembre 2019>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930