Boletín Oficial de Navarra del 5/8/2019

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Fuente: Boletín Oficial de Navarra

Página 9806 - Número 151

Lunes, 5 de agosto de 2019

esta resolución cabe interponer recurso de reposición, en el plazo de tres días.
Pamplona/Iruña, 25 de julio de 2019.El Letrado de la Administración de Justicia, Alfonso Pérez Ruiz.

Y para que sirva de citación a Paenko Construcciones y Contratas, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de Navarra y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado.
Guadalajara, 2 de julio de 2019.La Letrada de la Administración de Justicia, María Pilar Buelga Alvarez.

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO DOS DE GUADALAJARA

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

J1910210

Despido/Ceses en general 178/2019-E
Doña María Pilar Buelga Alvarez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 2 de Guadalajara.
Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de Tanyu Marinov Penev contra Paenko Construcciones y Contratas, S.L., Fogasa, en reclamación por despido, registrado con el número Despido/Ceses en general 178 /2019-E se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar a Paenko Construcciones y Contratas, S.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezca en este Juzgado sito en avenida del Ejercito, número 12, edificio Múltiples, planta primera, Sala 002, de Guadalajara, el día 16/9/2019 a las 10:25 horas, en avenida del Ejercito, 12 - Sala 002, para la celebración del acto de conciliación ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia y, en caso de no avenencia, el mismo día a las 10:30 horas al acto de juicio; y al objeto de practicar la prueba de interrogatorio de las partes, en calidad de demandado, haciéndole las advertencias que se contienen en el artículo 91.3 y 5 de la LJS. Conforme dispone dicho precepto, el interrogatorio de las personas jurídicas privadas se practicará con quien legalmente las represente y tenga facultades para responder a tal interrogatorio. Si el representante en juicio no hubiera intervenido en los hechos, deberá aportar a juicio a la persona conocedora directa de los mismos. Con tal fin la parte interesada podrá proponer la persona que deba someterse al interrogatorio justificando debidamente la necesidad de dicho interrogatorio personal.
La declaración de las personas que hayan actuado en los hechos litigiosos en nombre del empresario, cuando sea persona jurídica privada, bajo la responsabilidad de éste, como administradores, gerentes o directivos, solamente podrá acordarse dentro del interrogatorio de la parte por cuya cuenta hubieran actuado y en calidad de conocedores personales de los hechos, en sustitución o como complemento del interrogatorio del representante legal, salvo que, en función de la naturaleza de su intervención en los hechos y posición dentro de la estructura empresarial, por no prestar ya servicios en la empresa o para evitar indefensión, el juez o tribunal acuerde su declaración como testigos, indicándole que si no comparece, se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en los que hubiera intervenido personalmente y le resultaren en todo o en parte perjudiciales, artículo 91.2 LRJS.
Se le advierte que puede comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

J1910134

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 33 DE MADRID
Procedimiento 49/2019
Doña Almudena Botella García-Lastra, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 33 de Madrid, hago saber:
Que en el procedimiento 49/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de don Willian Mena Cobo frente a Gestiones Medioambientales Riojanas, S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado el siguiente decreto de fecha 14/06/2019, cuya parte dispositiva es la siguiente:
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 3.312,34
euros de principal; 199 euros de intereses y 331 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado Gestiones Medioambientales Riojanas, S.L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Una vez firme la presente resolución, hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor artículo 276.5 de la LJS.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banco de Santander IBAN ES55 0049 3569
9200 0500 1274 número 2806-0000-64-0049-19.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Gestiones Medioambientales Riojanas, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de anuncios de este Juzgado.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
Madrid, 14 de junio de 2019.La Letrada de la Administración de Justicia, Almudena Botella García-Lastra.

Boletín Oficial de Navarra, calle Esquíroz, 20 bis, 31007 Pamplona. Teléfono: 848 42 12 50. Fax: 848 42 12 40. bon@navarra.es Edición: Gobierno de Navarra. Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia. Boletín Oficial de Navarra Periodicidad: De lunes a viernes excepto festivos en la Comunidad Foral de Navarra Tasas por publicación: Artículo 35 de la Ley Foral de Tasas y Precios Públicos
D.L. NA. 11958 ISSN 2253-9646

www.bon.navarra.es
J1910205

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 5/8/2019

TítuloBoletín Oficial de Navarra

PaísEspaña

Fecha05/08/2019

Nro. de páginas58

Nro. de ediciones4641

Primera edición02/03/2001

Ultima edición29/08/2023

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