Boletín Oficial de Navarra del 17/1/2019

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Fuente: Boletín Oficial de Navarra

Jueves, 17 de enero de 2019

Número 11 - Página 359

1. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL
1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo RESOLUCIÓN 2997/2018, de 17 de diciembre, de la Directora General de Función Pública, por la que se aprueba la convocatoria para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes al desempeño de puestos de trabajo de Oficial de Bom beros, en situación de servicios especiales para la formación.
A la vista de las necesidades de personal existentes en el Servicio de Bomberos - Nafarroako Suhiltzaileak de la Dirección General de Interior, procede realizar una convocatoria para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes al desempeño en situación de servicios especiales para la formación, de puestos de trabajo de Oficial de Bomberos, en orden a la cobertura de las necesidades que se produzcan en el Servicio de Bomberos-Nafarroako Suhiltzaileak.
La convocatoria se aprueba al amparo de lo establecido en la Ley Foral 8/2005, de 1 de julio, de Protección Civil y Atención de Emergencias de Navarra, el Decreto Foral 82/2006, de 20 de noviembre, por el que se determinan las titulaciones exigibles para el acceso a los puestos de trabajo de sargento y de oficial de Bomberos en los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento de las Administraciones Públicas de Navarra, el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril, de desarrollo parcial del artículo 24.2 del estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y la Orden Foral 199/2004, de 30 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se establece el procedimiento de constitución y gestión de las listas de aspirantes al desempeño de puestos de trabajo en formación.
En consecuencia y en ejercicio de las atribuciones que tengo asignadas por el Decreto Foral 30/2005, de 21 de febrero, HE RESUELTO:
1.º Aprobar la convocatoria para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes al desempeño de puestos de trabajo de Oficial de Bomberos, nivel A, en orden a la cobertura de las necesidades que se produzcan en el Servicio de Bomberos-Nafarroako Suhiltzaileak de la Dirección General de Interior.
2.º Ordenar la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Boletín Oficial de Navarra.
3.º Notificar la presente Resolución y sus Anexos al Servicio de Gestión de Personal, al Negociado de Información al Público y Registro y a las personas integrantes del Tribunal, a los efectos oportunos.
CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA RELACIÓN DE
ASPIRANTES A LA FORMACIÓN, EN SITUACIÓN DE SERVICIOS
ESPECIALES, COMO OFICIAL DE BOMBEROS
Esta convocatoria se regirá por las siguientes BASES
Primera.
Se anuncia convocatoria para la constitución, mediante pruebas selectivas, de una relación de aspirantes a desempeñar, en situación de servicios especiales para la formación, el puesto de trabajo de Oficial de Bomberos, con el fin de dar cobertura temporal a las necesidades que se produzcan en el Servicio de BomberosNafarroako Suhiltzaileak de la Dirección General de Interior.
Segunda.Requisitos de las personas participantes.
2.1. Las personas aspirantes que deseen participar en la presente convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias:
a Tener la condición de persona empleada fija al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos y estar encuadrada en el nivel o grupo D, C ó B y no haber agotado el periodo máximo de formación a que se tenga derecho.
b Haber completado un mínimo de tres años de servicios efectivamente prestados en su puesto de trabajo.
c No hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa.
d Estar en posesión de un título universitario de Ingeniería o Arquitectura o del título universitario de Máster que habilite para el ejercicio de la profesión de Ingeniero o de Arquitecto, o título declarado equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. Dicha titulación debe ser distinta de aquella por la que el personal fijo se encuentra en servicio activo.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
e No estar ya incluida en una lista de aspirantes para la formación en servicios especiales como Oficial de Bomberos.
f Poseer la capacidad física y psíquica necesarias para el ejercicio de las funciones inherentes al puesto de trabajo objeto de convocatoria y no estar incursa en causa de exclusión médica comprendida en el Anexo IV de esta convocatoria.
g Estar en posesión del permiso de conducir vehículos de la clase B.
h Tener la nacionalidad española.
i No estar desempeñando un puesto de trabajo de segunda actividad regulado en el artículo 55 de la Ley Foral 8/2005, de 1 de julio, de Protección Civil y Atención de Emergencias de Navarra.
2.2. El cumplimiento de todos los requisitos recogidos en esta base, además de entenderse referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá mantenerse durante el proceso de selección, así como en el momento del llamamiento y durante el periodo de formación.
2.3. No podrá participar en la presente convocatoria el personal docente del Departamento de Educación, el personal adscrito a los organismos autónomos del Departamento de Salud, el personal al servicio de la Administración de Justicia en Navarra, ni el personal excluido del ámbito de aplicación del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.
Tercera.Instancias de participación.
3.1. Quienes deseen tomar parte en el procedimiento selectivo deberán solicitarlo mediante la instancia de participación que figura en el Anexo I. Dicha instancia se encontrará a disposición de las personas interesadas en cualquiera de las oficinas del Registro General del Gobierno de Navarra, pudiendo obtenerse también, a través de la dirección web www.navarra.es, bien desde el Boletín Oficial de su publicación o bien desde el enlace de la convocatoria.
En la instancia de participación, las personas interesadas manifestarán que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de finalización del plazo señalado de presentación de instancias.
3.2. Las instancias de participación en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Gobierno de Navarra, Avenida de Carlos III, 2, vestíbulo 31002 de Pamplona, o en cualquiera de las demás Oficinas de Registro del Gobierno de Navarra, cuya relación aparece publicada en la página web del Gobierno de Navarra www.navarra.es o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el caso de que se opte por presentar la instancia en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Foral 70/2008, de 23 de junio, la instancia de participación podrá presentarse telemáticamente a través del Registro General Electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, disponible en la página web del Gobierno de Navarra www.navarra.es. En este supuesto, la instancia específica de participación y demás documentación que deba aportarse, podrá adjuntarse en cualquiera de los formatos previstos en el Registro General Electrónico para adjuntar archivos.
3.3. Junto con la instancia de participación no es necesario aportar documentación alguna, puesto que los requisitos exigidos en los apartados 2.1.d y g de la Base Segunda deberán ser acreditados documentalmente en el momento del llamamiento de acuerdo con lo establecido en la Base Décima de la presente convocatoria.
3.4. Quienes participen con una discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100 deberán indicarlo en la instancia de participación y deberán adjuntar a la misma la documentación que la acredite expedida por el órgano competente. Asimismo, podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios que consideren necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia y, además, expresar en hoja aparte las adaptaciones que solicitan.
Estos aspirantes con discapacidad de grado igual o superior al 33
por 100 serán remitidos a la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas para la determinación de las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas.
Cuarta.Plazo de presentación de instancias.
El plazo de presentación de instancias de participación en la convocatoria será de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 17/1/2019

TítuloBoletín Oficial de Navarra

PaísEspaña

Fecha17/01/2019

Nro. de páginas50

Nro. de ediciones4641

Primera edición02/03/2001

Ultima edición29/08/2023

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