Boletín Oficial de Navarra del 10/1/2019

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Fuente: Boletín Oficial de Navarra

Jueves, 10 de enero de 2019

Número 6 - Página 163

1. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
1.1. DISPOSICIONES GENERALES

1.4. SUBVENCIONES, AYUDAS Y BECAS

1.1.3. Órdenes Forales ORDEN FORAL 55/2018, de 8 de noviembre, de la Consejera de Re laciones Ciudadanas e Institucionales, por la que se aprueba la Estrategia para la participación social y política de las mujeres en las políticas públicas de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra durante el periodo 20182020.
El Decreto Foral 240/2015 de 30 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua, adscrito al Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, atribuye a este organismo autónomo las competencias de coordinación y gestión de las políticas de igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.
Sus objetivos son la promoción de las condiciones que faciliten la igualdad de mujeres y hombres, la remoción de los obstáculos que impidan su plenitud de hecho y de derecho, el empoderamiento y participación social y política de las mujeres, a través de la difusión y sensibilización de la sociedad navarra sobre la importancia de esta participación para la consecución de la igualdad real, así como la promoción de la presencia y participación de las mujeres en las organizaciones políticas y sindicales de la Comunidad Foral de Navarra y el apoyo y promoción de la presencia y participación de las mujeres en el tejido asociativo navarro.
Entre las funciones del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua se encuentran las de impulsar y apoyar el asociacionismo y la participación social de las mujeres, proponer planes y estrategias para impulsar el empoderamiento de las mujeres y potenciar la presencia y participación de las mujeres en el tejido asociativo.
Asimismo, el acuerdo programático del Gobierno de Navarra, establece la necesidad de promover un cambio estructural de la sociedad que contribuya al empoderamiento de las mujeres, que promueva su participación activa en el ámbito público y en espacios de toma de decisiones, debiendo contar con la participación activa de las asociaciones de mujeres y grupos feministas en el diseño y evaluación de planes y acción política, dotando de los recursos necesarios para el desarrollo de los mismos.
A tal fin el Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua ha elaborado la Estrategia para la participación social y política de las mujeres en las políticas públicas de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra durante el periodo 20182020, en la que se recogen y sistematizan los objetivos específicos, las acciones y las medidas dirigidas a conseguir dichos objetivos.
La Estrategia tiene como finalidad impulsar la participación social y política de las mujeres en la Comunidad Foral de Navarra y eliminar las desigualdades y discriminaciones que éstas sufren en relación a dicha participación. La estrategia y las medidas que de ésta emanan tiene capacidad de incidir directamente en la Administracion y en la ciudadanía en general, por lo que tiene capacidad para influir en la ruptura de los estereotipos de género. En suma, puede reducir las desigualdades existentes y lograr la plena ciudadanía de las mujeres.
En base a lo expuesto, y vistos los informes obrantes en el expediente, la Subdirección de Promoción y Gestión del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua, propone la aprobación de la Estrategia para la participación social y política de las mujeres en las políticas públicas de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra durante el periodo 20182020.
En consecuencia, en virtud de las facultades que me han sido atribuidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, en relación con el Decreto Foral 129/2015, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, ORDENO:
1. Aprobar la Estrategia para la participación social y política de las mujeres en las políticas públicas en la Comunidad Foral de Navarra 20182020, que se incorpora como anexo a esta Orden Foral.
2. Publicar esta Orden Foral, junto con su anexo en el Boletín Oficial de Navarra.
Pamplona, 8 de noviembre de 2018.La Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, Ana Ollo Hualde.
Estrategia para la participación social y política de las mujeres en las políticas públicas en la Comunidad Foral de Navarra 2018-2020 PDF.
F1813682

RESOLUCIÓN 1617/2018, de 17 de diciembre, del Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de subvenciones a la distribución de leche en centros escolares de la Comunidad Foral de Navarra en el curso 2018/2019.
El Reglamento UE 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios recogía en su Sección I los Programas de consumo de frutas y hortalizas en las escuelas, así como los programas de consumo de leche en las escuelas. La modificación introducida por el Reglamento UE 2016/791 de 11 de mayo de 2016, fusiona ambos programas en un marco jurídico único, que persigue una mayor eficiencia, una ayuda más específica y una dimensión educativa mayor.
El Reglamento de Ejecución UE 2017/39 de la Comisión de 3 de noviembre de 2016, dispone las normas de desarrollo del Reglamento UE
1308/2013 en lo que atañe a la ayuda de la Unión para la distribución en los centros escolares de frutas y hortalizas, plátanos y leche determinando, entre otras, medidas de control para combatir las irregularidades y el fraude.
El Reglamento Delegado UE 2017/40 de la Comisión de 3 de noviembre de 2016, completa el mencionado Reglamento UE 1308/2013 en lo relativo a la ayuda de la Unión para el suministro de frutas y hortalizas, plátanos y leche en los centros escolares, en lo que respecta a las estrategias de los Estados miembros, las medidas de acompañamiento, los costes subvencionables, la aprobación y selección de los solicitantes, las sanciones aplicables, el seguimiento y la evaluación y otras características del programa.
El Real Decreto 511/2017, de 22 de mayo, por el que se desarrolla la aplicación en España de la normativa de la Unión Europea en relación con el programa escolar de consumo de frutas, hortalizas y leche, deroga expresamente el Real Decreto 487/2010, de 23 de abril, por el que se establecen las modalidades de aplicación de la ayuda al suministro de leche y productos lácteos al alumnado de centros escolares y lo sustituye, estableciendo de forma conjunta las normas de desarrollo en lo relativo a la distribución en los centros escolares tanto de dichos productos como de frutas y hortalizas.
El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente MAPAMA elaboró una Estrategia Nacional para la aplicación del Programa Escolar de Frutas, Hortalizas y Leche desde el curso 20172018 hasta el 20222023, que fue notificada a la Comisión. El nivel administrativo apropiado para aplicar el Plan es el autonómico, dado que las competencias en materia agrícola, sanitaria y de educación están transferidas a las Comunidades Autónomas y por tanto, corresponde a la Comunidad Foral de Navarra la aplicación del Plan Escolar de Consumo Leche para el curso 20182019. No obstante, la autoridad nacional competente establecerá un marco común consensuado de coordinación.
El Departamento de Salud y el Departamento de Educación han participado en la elaboración del Plan Escolar de Consumo de Leche en centros escolares de la Comunidad Foral de Navarra para el curso 20182019, seleccionando los centros educativos y el rango de edad del alumnado que participarán en el Plan, así como en la determinación del número de raciones semanales adecuadas para el alumnado.
El artículo 23 bis del Reglamento UE 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en su apartado 6, dispone sobre la financiación del Plan que además de la ayuda de la Unión, los Estados miembros podrán conceder ayudas nacionales para la financiación del programa escolar. En este sentido el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación MAPA ha remitido un certificado de la Secretaria de la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural, relativo a la sesión de dicha Conferencia celebrada el 10 de julio de 2018, en la que se acordó la aprobación de la propuesta de distribución de los fondos comunitarios correspondientes al Programa Escolar de Consumo de Leche para el curso 20182019. Concretamente la asignación para la Comunidad Foral de Navarra asciende a 130.000,00 euros. Teniendo en cuenta el objetivo de que la ejecución del Plan no suponga coste alguno para los centros escolares, no se considera necesario complementar ese importe con fondos de la Comunidad Foral, puesto que se estima que dicha cantidad cubre íntegramente las necesidades presupuestarias del Plan Escolar de Consumo de Leche para el curso 20182019.
En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 22 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la administración de la Comunidad Foral de Navarra y por Decreto Foral 78/2016, de 21 de septiembre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 10/1/2019

TítuloBoletín Oficial de Navarra

PaísEspaña

Fecha10/01/2019

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones4641

Primera edición02/03/2001

Ultima edición29/08/2023

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