Boletín Oficial de Navarra del 2/1/2019

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Fuente: Boletín Oficial de Navarra

Página 22 - Número 1

Miércoles, 2 de enero de 2019

restricción legal, siempre que se identifiquen con el Documento Nacional de Identidad o Pasaporte y con documento que justifique, en su caso, la representación que ostente.
Los licitadores podrán participar en la enajenación mediante adjudicación directa de la siguiente forma:
Participación mediante sobre cerrado: Se podrán presentar las ofertas en las dependencias del Servicio de Recaudación de Hacienda Tributaria de Navarra, Avenida de Carlos III número 4 entrada por Cortes de Navarra, 6.º nivel, de Pamplona hasta las 14:30 horas del día 21 de enero de 2019, procediéndose a la apertura de las mismas a las 12:00 horas del día 22
de enero de 2019 en las mismas dependencias en el 4.º Nivel. El sobre cerrado deberá incluir en su interior:
Resguardo de realización de oferta, que podrá descargar en este link: http www.navarra.es/appsext/DescargarFichero/default.aspx?CodigoCompleto=Portal epub/BON/IMPRESOSG/Hac/Resguardo_
Oferta_C.pdf.
Identificación de la persona o entidad ofertante, acreditando en su caso el poder con el que actúa, NIF/CIF.
Identificación del bien por el que se puja.
Importe ofertado.
Depósito de garantía en forma de cheque conformado o bancario a favor de la Comunidad Foral de Navarra por al menos, del 20% de la oferta mínima, es decir 4.287,61 euros.
En caso de que el sobre cerrado se remita por correo postal, las condiciones de presentación serán las siguientes:
Una vez remitido el sobre cerrado por correo postal, se enviará ese mismo día comunicación escrita a la dirección recaudacion.ejecutiva@
cfnavarra.es informando de la presentación de la oferta por correo postal y adjuntando escaneado el resguardo de realización de oferta debidamente firmado y sellado por la oficina de presentación.
Remitir el sobre cerrado mediante servicio de correo que asegure la entrega del mismo en la dirección señalada de nuestras dependencias, en horario de oficina lunes a viernes, de 9:00h a 14:30h, y siempre antes de las 14:30 horas del día anterior a la celebración de la adjudicación directa.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será aceptada la oferta enviada.
Las ofertas tendrán el carácter de máximas.
La presentación de ofertas en sobre cerrado no impedirá la participación presencial de los licitadores con posturas superiores a las del sobre.
Una vez abiertos los sobres, se partirá de la oferta más alta pudiendo los postores presentes mejorar sus ofertas en tramos de 400 euros.
No se admitirán depósitos en metálico.
Se apercibe a los licitadores que la constitución del depósito supone la presentación de oferta.
El adjudicatario queda obligado a entregar en el acto de adjudicación o dentro de los cinco días siguientes, la diferencia entre el depósito constituido y el precio de la adjudicación. De no efectuarse en plazo, dicho depósito de garantía se ingresará en firme en la Tesorería de la Comunidad Foral sin perjuicio de las responsabilidades en que incurrirían por los mayores perjuicios que sobre el importe del depósito origine la inefectividad de la adjudicación.
La Hacienda Tributaria de Navarra se reserva el derecho a pedir la adjudicación para la Comunidad Foral del bien que no hubiera sido objeto del remate, conforme a lo establecido en el artículo 147 del Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra.
6.º Cuando los bienes enajenados mediante adjudicación directa sean susceptibles de inscripción en Registros públicos, los licitadores habrán
de conformarse con los títulos de propiedad aportados en el expediente, no teniendo derecho a exigir otros.
7.º Todos los gastos e impuestos derivados de la transmisión, incluidos los derivados de la inscripción en los registros públicos y de la tramitación del mandamiento de cancelación de cargas no preferentes serán por cuenta del adjudicatario. Los bienes no serán entregados en tanto no se acredite el pago, exención o no sujeción a dichos tributos.
Dado que el deudor tiene la condición de empresario, la transmisión del inmueble se gravará de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente reguladora del Impuesto sobre el Valor Añadido.
8.º Consta en el expediente que el inmueble objeto de enajenación se encuentra arrendado con contrato vigente a día de hoy.
9.º El adjudicatario exonera expresamente a Hacienda Tributaria de Navarra, al amparo del artículo 9 de la Ley 49/1960, de 21 de junio, de Propiedad Horizontal, modificado por la Ley 8/1999, de 6 de abril, de la obligación de aportar certificación sobre el estado de las deudas de la comunidad, siendo a cargo de los mismos los gastos que queden pendientes de pago.
10.º Este órgano de recaudación desconoce si el inmueble subastado dispone de certificado de eficiencia energética. A los efectos del Real Decreto 235/2013 de 5 de abril sobre Procedimiento Básico para la Certificación de Eficiencia Energética de los Edificios, la parte compradora exonera expresamente a la parte vendedora de su exhibición y puesta a disposición.
11.º En todo lo no previsto en este anuncio se estará a lo preceptuado en las disposiciones legales y reglamentarias que regulen el acto.
Para cualquier información adicional podrán comunicarse con el personal de la Sección de Recaudación Ejecutiva Teléfono 848428693
correo electrónico: recaudacion.ejecutiva@navarra.es.
Pamplona, 19 de diciembre de 2018.La Jefa de la Sección de Recaudación Ejecutiva, Juana Larumbe Sola.
F1815607

VIANA
Baja de oficio en el Impuesto de Actividades Económicas Mediante Resolución de Alcaldía se ha incoado expediente administrativo para proceder a la baja de oficio en el Impuesto de Actividades Económicas de la mercantil que se relaciona a continuación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto Foral 614/1996, de 11 de noviembre, por el que se dictan las Normas para la gestión del Impuesto sobre Actividades Económicas o Licencia Fiscal.
Habiendo resultado imposible practicar la notificación prevista en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a publicar el presente en el Tablón Edictal Único para que sirva de notificación a la interesada, haciéndole saber que se le concede un plazo de quince días para que formule las alegaciones que estime convenientes a su derecho.
Viana, 17 de diciembre de 2018.La Alcaldesa, Yolanda González García.
ANEXO
DNI/DOC. Identificativo: Y3354059Y. Domicilio: Calle Don Pablo Antoñana Angulo, 3, 2, H.

Boletín Oficial de Navarra, calle Esquíroz, 20 bis, 31007 Pamplona. Teléfono: 848 42 12 50. Fax: 848 42 12 40. bon@navarra.es Edición: Gobierno de Navarra. Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia. Boletín Oficial de Navarra Periodicidad: De lunes a viernes excepto festivos en la Comunidad Foral de Navarra Tasas por publicación: Artículo 35 de la Ley Foral de Tasas y Precios Públicos
D.L. NA. 11958 ISSN 2253-9646

www.bon.navarra.es
L1815322

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 2/1/2019

TítuloBoletín Oficial de Navarra

PaísEspaña

Fecha02/01/2019

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones4831

Primera edición02/03/2001

Ultima edición05/06/2024

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