Boletín Oficial de Navarra del 28/12/2018

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de Navarra

Viernes, 28 de diciembre de 2018

Número 249 - Página 14463

1. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
1.1. DISPOSICIONES GENERALES
1.1.3. Órdenes Forales ORDEN FORAL 463/2018, de 14 de diciembre, del Consejero de Dere chos Sociales, por la que se concede el Premio Biziberri Navarra Rehabilita a doña Beatriz Anaut Fuertes.
El artículo 15 de la Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del derecho a la vivienda en navarra, establece que las Administraciones públicas de Navarra, en el ámbito de sus competencias respectivas, fomentarán la rehabilitación de viviendas mediante actuaciones encaminadas a restaurar, consolidar, reponer o ampliar los elementos constructivos y estructurales de las edificaciones para lograr que sirvan a las necesidades de sus ocupantes sin detrimento de su valor arquitectónico, histórico o cultural, teniendo en cuenta criterios de accesibilidad universal y diseño para todas las personas.
Conforme con lo anterior, el Gobierno de Navarra realiza un esfuerzo importante para el fomento y la promoción de la rehabilitación de viviendas, siendo un eje preferente del Plan de Vivienda 2018 - 2028. Así, el Gobierno de Navarra tiene importantes líneas de ayudas para ayudar a rehabilitar las viviendas, desde pequeñas obras presupuesto mínimo de 2.000 euros a grandes reformas a llevar a cabo en un edificio envolventes térmicas, sistemas centralizados de calefacción, ascensores. Las subvenciones pueden ser personales o a la comunidad de propietarios, de hasta el 50%
del presupuesto protegible, y hasta 25.000 euros por vivienda. Y para ayudar a tramitar dichas ayudas existe una red de Oficinas de Rehabilitación, donde trabajan profesionales, expertos y cualificados. Hay 9 Oficinas de Rehabilitación ORVE distribuidas por toda la geografía navarra.
No obstante, la tarea del Gobierno de Navarra no es solo establecer unas importantes líneas de ayudas, sino también publicitar las mismas mediante acciones de promoción y difusión. Con el fin de seguir avanzando en ese cometido, se creó mediante Orden Foral 383/2018, de 18 de octubre, del Consejero de Derechos Sociales, el premio Biziberri Navarra Rehabilita, como herramienta de reconocimiento de buenas prácticas, y se aprobaron sus bases reguladoras.
Este premio tiene como finalidad distinguir las rehabilitaciones protegidas más destacadas por su contribución al mantenimiento de la edificación, por la calidad de su ejecución, por la implementación de una arquitectura responsable y comprometida con el medio ambiente o por la conservación de las construcciones existentes reinterpretándolas y adaptándolas a las actuales necesidades.
El Jurado, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en las bases reguladoras, adoptó la decisión de conceder el premio a doña Beatriz Anaut Fuertes, por la rehabilitación de una vivienda en Garde. La intervención consiste en la reforma de una borda centenaria situada en el casco urbano de Garde, pequeña localidad de 148 habitantes del pirineo Navarro, para habilitarla como su vivienda habitual. Para ello, se transforma una antigua construcción de planta baja y primera, de tipología tradicional de muros de piedra y cubierta de teja, antiguamente destinada a almacén agrícola y ganadero, actualmente en desuso. Además, la premiada es una joven ganadera que continua con la actividad familiar y decide fijar su residencia en su localidad natal manteniendo así la actividad del valle y fijando población. Los trabajos han sido realizados por gremios de la zona, favoreciendo el emprendimiento local y el desarrollo socioeconómico del valle.
En consecuencia, en virtud de las facultades que me han sido atribuidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y su Presidente, y por el Decreto Foral 128/2015, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Derechos Sociales, ORDENO:
1.º Conceder el Premio Biziberri Navarra Rehabilita del año 2018
a doña Beatriz Anaut Fuertes.
2.º Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.
3.º Trasladar esta Orden Foral al Servicio de Vivienda y la interesada, a los efectos oportunos.
Pamplona, 14 de diciembre de 2018.El Consejero de Derechos Sociales, Miguel Laparra Navarro.
F1815472

ORDEN FORAL 464/2018, de 14 de diciembre, del Consejero de Dere chos Sociales, por la que se determinan los módulos aplicables a las actuaciones protegibles en materia de vivienda para el año 2019.
El apartado 1 del artículo 10 de la Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra, tras la nueva redacción dada por la
Ley Foral 27/2014, de 24 de diciembre, y por la Ley Foral 22/2016, de 21 de diciembre, establece que corresponde al Consejero competente en materia de vivienda fijar el precio máximo de venta de las viviendas protegidas y sus anejos, de acuerdo con lo previsto en dicha Ley Foral. A tal fin, se señala asimismo la obligación de justificar en la correspondiente Orden Foral los valores de las variables establecidas en la fórmula contenida en el propio artículo 10.
Concretamente, el apartado 1.d establece al respecto que, Los módulos se actualizarán anualmente, con efectos de 1 de enero de cada año, mediante el cálculo del valor máximo de venta de las viviendas de protección oficial VPO, según la siguiente fórmula:
VMu = 1.27 + H/100 x PEMu / 0.755F + Co + B/100
Siendo:
VMu = Valor máximo de venta por metro cuadrado útil de la vivienda de protección oficial.
H = Coste de honorarios técnicos de proyecto y dirección de obras, expresado en porcentaje del PEM. El valor normal de este coste será del 7%. Podrá ser incrementado o disminuido en un punto porcentual mediante justificación técnica.
PEMu = Presupuesto de ejecución material expresado en euros por metro cuadrado útil. Para su cálculo se considerará como superficie total útil de una promoción la suma de las superficies totales útiles destinadas a vivienda y garaje, y el 40% de las destinadas a trasteros y locales.
F = Costes financieros del promotor, expresados como porcentaje sobre el precio máximo de venta VM. El valor normal de este coste será del 4%. Podrá ser incrementado o disminuido en un punto porcentual mediante justificación técnica.
Co = Costes de comercialización, como porcentaje sobre el precio máximo de venta VM. El valor normal de este coste será del 2%. Podrá ser incrementado o disminuido en un punto porcentual mediante justificación técnica.
B = Beneficio del promotor, expresado como porcentaje del precio máximo de venta VM. El valor normal de este coste será del 11%. Podrá ser incrementado o disminuido en un punto porcentual mediante justificación técnica.
Para la determinación de estas variables se tomarán en consideración, preferentemente, las promociones públicas de viviendas de protección oficial. Asimismo, también podrán utilizarse los datos de promociones de viviendas de protección oficial que se presenten para su calificación en el departamento competente en materia de vivienda. A tal efecto, dicho departamento podrá requerir a los promotores la aportación de la certificación final de obra u otros datos que resulten de interés para el cálculo de las variables previstas en la fórmula.
5.1. Módulo ponderado.
Determinado el valor máximo del metro cuadrado útil de la vivienda de protección oficial, el módulo ponderado será el resultado de dividir dicho valor por el coeficiente establecido para determinar los precios máximos de venta por metro cuadrado útil de las viviendas de protección oficial y sus anejos.
5.2. Módulo sin ponderar.
El valor del módulo sin ponderar será el 96 por ciento del valor del módulo ponderado.
Por otra parte, el mencionado apartado 1 del artículo 10 de la Ley Foral del Derecho a la Vivienda en Navarra, establece la necesidad de desarrollar un proceso de participación social previo a su aprobación según lo previsto en la Ley Foral 11/2012, de 21 de junio, de la Transparencia y del Gobierno Abierto.
A tal efecto, mediante la Orden Foral 392/2018, de 25 de octubre, del Consejero de Derechos Sociales, se dio inicio al proceso de participación ciudadana, según lo previsto en el capítulo IV de la mencionada Ley Foral 11/2012 regula la participación y la colaboración ciudadanas. Para ello, se expusieron los elementos tenidos en cuenta para la fijación de los precios máximos de venta de las viviendas protegidas y sus anejos en Navarra para el año 2019, de acuerdo con el apartado 1 del artículo 10 de la Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo.
Asimismo, el proceso de participación fue anunciado en el Boletín Oficial de Navarra número 219, de 13 de noviembre de 2018, así como en el sitio web informativo en materia de vivienda www.vivienda.navarra.
es, donde ha sido posible descargarse los valores tomados y los cálculos efectuados y en el portal de Gobierno Abierto, tal y como consta en el expediente.
Como resultado del proceso de participación se ha elaborado por el Servicio de Vivienda un informe donde se valoran las aportaciones formuladas.
A la vista de cuanto antecede, procede mediante la presente Orden Foral confirmar la propuesta contenida en la Orden Foral 392/2018, de 25
de octubre, del Consejero de Derechos Sociales, y proceder a determinar

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 28/12/2018

TítuloBoletín Oficial de Navarra

PaísEspaña

Fecha28/12/2018

Nro. de páginas54

Nro. de ediciones4836

Primera edición02/03/2001

Ultima edición12/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Diciembre 2018>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031