Boletín Oficial de Navarra del 12/7/2017

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Fuente: Boletín Oficial de Navarra

Miércoles, 12 de julio de 2017

Número 134 - Página 7499

1. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
1.1. DISPOSICIONES GENERALES
1.1.1. Leyes Forales y Decretos Forales Legislativos Corrección de errata de la Ley Foral 9/2017, de 27 de junio, por la que se modifica el título y el articulado de la Ley Foral 18/1986, de 15
de diciembre, del Vascuence.
Advertida errata en la publicación de la citada ley foral, efectuada en el Boletín Oficial de Navarra número 130, de 6 de julio, edición castellano, se procede a su corrección.
Donde dice: Estella/Lizarra.
Debe decir: EstellaLizarra.
Pamplona, 6 de julio de 2017.Boletín Oficial de Navarra.

F1708434

1.4. SUBVENCIONES, AYUDAS Y BECAS
RESOLUCIÓN 766/2017, de 29 de junio, de la Directora General de Política Económica y Empresarial y Trabajo por la que se ordena publicar el Acuerdo del Gobierno de Navarra por el que se convalida la Convocatoria de 2016 de ayudas a la inversión en industrias agroalimentarias, aprobada por Resolución 660/2016, de 1 de junio, de la Directora General de Política Económica y Empresarial y Trabajo.
Por el Gobierno de Navarra, mediante Acuerdo de 21 de junio de 2017, se ha subsanado el defecto en que ha incurrido la base 6 Importe de la ayuda de la Convocatoria de 2016 de ayudas a la inversión en industrias agroalimentarias, aprobada por Resolución 660/2016, de 1 de junio, de la Directora General de Política Económica y Empresarial y Trabajo, adecuándola a lo establecido en la medida M04.02 Inversiones en la transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrarios del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 20142020, estableciendo que los efectos de esta convalidación se producirán desde el 10 de junio de 2016, fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.
En este Acuerdo se dispone igualmente que por la Directora General de Política, Económica, Empresarial y Trabajo se ordenará, para su conocimiento y eficacia, la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de los términos en los que queda redactada la base 6 Importe de la ayuda.
De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, RESUELVO:
Publicar en el Boletín Oficial de Navarra el Anexo del Acuerdo del Gobierno de Navarra de 21 de junio de 2016, en el que se recogen los términos en los que queda redactada la base 6 Importe de la ayuda de la Convocatoria de 2016 de ayudas a la inversión en industrias agroalimentarias, aprobada por Resolución 660/2016, de 1 de junio, de la Directora General de Política Económica y Empresarial y Trabajo Boletín Oficial de Navarra número 112, de 10 de junio de 2016.
Pamplona, 29 de junio de 2017.La Directora General de Política Económica y Empresarial y Trabajo, Izaskun Goñi Razquin.
ANEXO
Adecuación de la base 6 de la convocatoria 2016 de las ayudas a industrias agroalimentarias publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 112, de 10 de junio de 2016, al contenido del programa de Desarrollo Rural de Navarra 20142020
Se convalida la Convocatoria de 2016 de ayudas a la inversión en industrias agroalimentarias, aprobada por Resolución 660/2016, de 1
de junio, de la Directora General de Política Económica y Empresarial y Trabajo, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 112, de 10 de junio de 2016, adecuando el contenido de la base 6 de esta convocatoria al de la Medida M04.02 Inversiones en la transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrarios del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 20142020, que pasa a ser el siguiente:
Base 6.Importe de la ayuda.
1. El importe de la ayuda se determinará en función de las siguientes características de la empresa y del proyecto de inversión que se señalan a continuación.

Los porcentajes señalados se sumarán y darán como resultado la intensidad de ayuda, a aplicar sobre la base de los gastos subvencionables del proyecto de inversión, con el límite máximo establecido en el apartado 2 de esta base.
a Tamaño de empresa, carácter de pyme, a la fecha de solicitud de las ayudas:
TAMAÑO Y TIPO DE EMPRESA

INTENSIDAD DE AYUDA
%

Grande
4

Pyme
8

b Carácter asociativo incompatible con apartado a:
TIPOS DE ENTIDADES ASOCIATIVAS

INTENSIDAD DE LA
AYUDA %

Entidad asociativa
6

Entidad asociativa prioritaria EAP

8

Entidad asociativa integrada en una EAP

8

c Exportación de la empresa en porcentaje de su facturación datos de 2015 o último ejercicio fiscal cerrado:
% DE EXPORTACIÓN DE PYMES

INTENSIDAD
DE LA AYUDA %

15

1

45

2

% DE EXPORTACIÓN DE GRANDES
EMPRESAS

INTENSIDAD
DE LA AYUDA %

20

1

50

2

d Calidad en el empleo. Porcentaje medio de empleo indefinido en la empresa en el año 2015:
N.º CONTRATOS INDEFINIDOS /
N.º CONTRATOS TOTALES

INTENSIDAD
DE LA AYUDA %

70% y < 80%

1

80% y < 90%

2

90%

3

Este porcentaje medio se calculará considerando la situación reflejada en el Informe de Vida Laboral de las siguientes fechas: 31/03/2015, 30/06/2015, 30/09/2015 y 30/12/2015.
e Calidad en el empleo. Formación en la empresa: por la participación durante el año 2015 en programas formativos con un ratio mínimo de 10 horas formativas por persona empleada, realizados a través de cualquiera de las siguientes opciones:
A través de la bonificación de cuotas de la Seguridad Social.
Convocatorias de ayudas a la formación con compromiso de contratación del Servicio Navarro de Empleo.
Proyectos formativos singulares del Servicio Navarro de Empleo.
Por otro tipo de formación, que deberá tener informe favorable del Servicio Navarro de Empleo.
La intensidad de ayuda adicional será del 2%.
f Calidad en el empleo. Adopción de alguna de las siguientes medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres:
Haber elaborado un Plan de Igualdad o haber aplicado medidas para la conciliación de la vida personal, laboral y familiar. Para la justificación de estas medidas se presentará un documento firmado por representantes de la empresa y de las y los trabajadores.
Haber obtenido un reconocimiento o distintivo por la aplicación de políticas de Igualdad de trato y de oportunidades con sus trabajadores y trabajadoras por ejemplo el distintivo Igualdad en la Empresa del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad o el Sello Reconcilia de Amedna, etc., que se adjuntará a la solicitud de las ayudas.
La intensidad de ayuda adicional será del 1%.
g Calidad en el empleo. Número de trabajadores con minusvalía igual o superior al 33% en la plantilla en el mes anterior a la solicitud de las ayudas o las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 27/2000:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 12/7/2017

TítuloBoletín Oficial de Navarra

PaísEspaña

Fecha12/07/2017

Nro. de páginas50

Nro. de ediciones4641

Primera edición02/03/2001

Ultima edición29/08/2023

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