Boletín Oficial de la Rioja del 15/11/2018

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de La Rioja

Jueves, 15 de noviembre de 2018

Núm.134
Página 15883

Servicio Común de notificaciones y embargos:
1 funcionario de Gestión o Tramitación o Auxilio
3º. Ministerio Fiscal. Con excepción de los servicios de guardia, que habrán de contar con toda la dotación de personal que efectúe el servicio de guardia habitualmente, se consideran servicios mínimos los siguientes:
1 funcionario de Gestión o Tramitación 4º. Instituto de Medicina Legal:
1 funcionario de Tramitación o de Auxilio 2 funcionarios del cuerpo de médicos forenses los dos que estén de guardia 5º. TSJ
- Sala de lo Civil y Penal, Sala de lo Contencioso Administrativo y Sala de lo Social:
1 funcionario de Gestión o Tramitación, para las tres Salas 1 funcionario de Auxilio, para las tres Salas . Sección Presidencia, Secretaría de Gobierno y Sala de Gobierno - 1 funcionario de Gestión o Tramitación.
. Sección Información y Acceso al Edificio - 1 funcionario de Auxilio.
Sección Control Reloj-Justicia
- 1 funcionario de Auxilio.
Registro Civil.
- 1 funcionario de Gestión o Tramitación.

6º Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz -1 funcionario Gestión, Tramitación o Auxilio por agrupación Cuarto. Garantías de seguridad Durante la celebración de la huelga deberá quedar garantizada la seguridad de las personas, de las instalaciones y del material. Además, el comité de huelga se asegurará de que, una vez finalizada esta, los distintos centros y servicios se encuentren en situación de funcionamiento normal. Todo ello se realizará de conformidad con la normativa legal aplicable.
Quinto. Mantenimiento de los servicios esenciales Los servicios esenciales establecidos en los apartados anteriores no podrán ser perturbados por alteraciones o paros del personal designado para su prestación. En el caso de que se produjeran, tales conductas se considerarán ilegales, y quienes las ocasionaren incurrirán en responsabilidad, la cual será exigida de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.

Este documento se ha almacenado en el repositorio de documentos electrónicos del Gobierno de La Rioja con código seguro de verificación BOR-20181115-134 Dirección de verificación: < http www.larioja.org/verificacion > . El documento consta de un total de 6 paginas.

BOLETÍN OFICIAL DE LA RIOJA

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Rioja del 15/11/2018

TítuloBoletín Oficial de La Rioja

PaísEspaña

Fecha15/11/2018

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones6021

Primera edición02/01/1982

Ultima edición24/05/2023

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Noviembre 2018>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930