Boletín Oficial de la Región de Murcia del 21/6/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia

Número 141

Viernes, 21 de junio de 2019

I. Comunidad Autónoma 2. Autoridades y Personal Consejería de Presidencia 3903

Resolución de la Dirección General de Administración Local por la que se crea y clasifica el puesto de Viceinterventor/a del Ayuntamiento de Murcia como puesto reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional.

Visto el Oficio de fecha 30 de mayo de 2019, por el cual el Teniente de Alcalde de modernización de la Administración y Desarrollo Urbano del Excmo.
Ayuntamiento de Murcia solicita, de conformidad con el artículo 15 del RD 128/2018, de 16 de marzo, la creación como puesto reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, a efectos de clasificación del puesto de Viceinterventor/a de ese Ayuntamiento.
Resultando que se adjunta al citado oficio Memoria justificativa de la creación, a efectos de clasificación, del puesto de Viceinterventor/a como puesto reservado, de fecha 27 de mayo de 2019, en la que se indica que, en el BORM de 6 de octubre de 2018 se publicó la aprobación definitiva del Presupuesto General de la Corporación para ese año acordada por pleno en sesión extraordinaria de 4 de octubre de 2018, y que simultáneamente se aprobó la plantilla en la que se crea el puesto de Viceinterventor/a.
Resultando que, por acuerdo de la Junta de Gobierno en sesión celebrada el 8
de marzo de 2019 se aprobó la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo en la que se incluye el puesto de Viceinterventor/a, reservado a funcionarios de administración local con habilitación nacional, subescala de IntervenciónTesorería, categoría de entrada y forma de provisión libre designación, siendo modificado este modo de provisión a concurso de méritos por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 24 de mayo de 2019.
Considerando lo dispuesto en el artículo 92.bis de la Ley 7/1985, 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, cuyo desarrollo se ha llevado a cabo por el RD 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de administración local con habilitación nacional, siendo de aplicación en esta materia ella artículo 15 del citado RD, cuyo apartado 1
señala que: Las Entidades Locales podrán crear otros puestos de trabajo que tengan atribuidas las funciones de colaboración inmediata y auxilio a las de Secretaría, Intervención y Tesorería. Estos puestos de trabajo estarán reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación nacional y ejercerán sus funciones bajo la dependencia funcional y jerárquica del titular de la Secretaría, Intervención o Tesorería, respectivamente.
Considerando que en el artículo 15.3.b del mismo RD determina que los puestos de colaboración a las funciones de Intervención, en las Entidades Locales cuyas Secretaría e Intervención estén clasificados en clase primera, como el caso de Murcia, podrán ser clasificadas en primera, segunda y tercera clase, y ser adscritos respectivamente a las subescalas de Intervención-Tesorería, categoría superior, Intervención-Tesorería categoría de entrada, y a la Subescala de Secretaría-Intervención, respectivamente.

NPE: A-210619-3903

Página 20067

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Región de Murcia del 21/6/2023

TítuloBoletín Oficial de la Región de Murcia

PaísEspaña

Fecha21/06/2023

Nro. de páginas516

Nro. de ediciones12586

Primera edición10/07/1982

Ultima edición22/06/2024

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