Boletín Oficial de la Región de Murcia del 28/7/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia

Número 172

Sábado, 27 de julio de 2019

I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejo de Gobierno 4886

Decreto número 134/2019, de 23 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a determinados Ayuntamientos, para el desarrollo de programas de atención social integral para el pueblo gitano Plan Desarrollo Gitano.

La población gitana constituye un grupo de población de especial vulnerabilidad social. Como señala la Estrategia Nacional para la Inclusión Social de la Población Gitana en España 2012-2020 el perfil de la población gitana es heterogéneo y diverso. Muchas personas gitanas tienen unos niveles socioeconómicos altos o medios y viven en situación de plena integración en la sociedad. Por otro lado, un grupo amplio de población gitana ha experimentado notables avances en las últimas décadas, si bien aún acusa, en distintos grados, carencias sociales e inequidades frente al conjunto de la población. Por último, un tercer segmento, minoritario, está compuesto por personas en situación de exclusión social y que han experimentado pocos avances en cuanto a su inclusión social.
Concretamente con el fin de atender las necesidades de los grupos gitanos más desfavorecidos y promover el desarrollo de la Comunidad Gitana, en el marco de los compromisos asumidos por el Gobierno en la citada Estrategia, el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social tiene prevista una dotación presupuestaria para cofinanciar proyectos de intervención social de carácter integral Plan de Desarrollo Gitano.
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Decreto del Presidente n.º 2/2018, de 20 de abril, de Reorganización de la Administración Regional, modificado mediante Decreto del Presidente n.º 2/2019, de 27 de febrero, la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades a la que se encuentra adscrito el Organismo Autónomo Instituto Murciano de Acción Social, ejercerá, entre otras, las competencias en materia de asistencia y bienestar social, así como la promoción e integración de los grupos sociales necesitados de especial protección, de acuerdo con los principios establecidos en la Ley 3/2003 de 10 de abril, del Sistema de Servicios Sociales de la Región de Murcia.
La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, a través del Instituto Murciano de Acción Social, tiene entre sus competencias el impulso de actuaciones públicas, generales y específicas, que favorezcan el desarrollo integral de la población gitana en la Región de Murcia.
Por todo ello, entendiendo que existen razones de interés público y social, la Administración Regional colaborará directamente en la financiación de estas actuaciones, a través del Instituto Murciano de Acción Social, mediante la concesión de subvenciones directas a determinados Ayuntamientos de la Región de Murcia para que desarrollen estos proyectos con arreglo a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

NPE: A-270719-4886

Página 23684

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Región de Murcia del 28/7/2021

TítuloBoletín Oficial de la Región de Murcia

PaísEspaña

Fecha28/07/2021

Nro. de páginas47

Nro. de ediciones12301

Primera edición10/07/1982

Ultima edición12/07/2023

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