Boletín Oficial de la Región de Murcia del 21/9/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia

Número 219

Sábado, 21 de septiembre de 2019

I. Comunidad Autónoma 2. Autoridades y Personal Consejería de Trasparencia, Participación y Administración Pública 5703

Orden de la Consejera de Transparencia, Participación y Administración Pública por la que se delegan competencias del titular de esta Consejería en los titulares de los Órganos Directivos de la citada Consejería.

Por Decreto del Presidente n.º 29/2019, de 31 de julio, de reorganización de la Administración Regional, se crea la Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública y se le atribuyen, en su artículo 9, competencias.
Por Decreto de Consejo de Gobierno n.º 45/2019, de septiembre, se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública, distribuyéndose entre éstos las competencias que le han sido asignadas al citado Departamento.
La consecución de una gestión eficiente de las funciones que asume esta Consejería hace conveniente la delegación de competencias en los titulares de los órganos directivos que, por razón de su especialización, mejor pueden contribuir a alcanzar tal fin.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en concordancia con el artículo 9
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Resuelvo:
Primero.
Delegar en los titulares de los órganos directivos que a continuación se indican las competencias sobre las siguientes materias:
1. Gestión presupuestaria.
Se delegan las siguientes competencias, sin perjuicio de las delegaciones específicas de gestión presupuestaria realizadas por materias en esta orden.
a Secretaría General:
1.º La autorización de las modificaciones de créditos presupuestarios que el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia atribuye al titular de la Consejería, así como la propuesta de autorización de las modificaciones de crédito que dicha norma atribuye al titular de la Consejería en materia de Hacienda o al Consejo de Gobierno.
2.º La declaración de pagos indebidos que se produzcan en cualquiera de los programas de gasto de la Consejería.
3.º La autorización, la disposición o el compromiso del gasto, el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago con cargo a las consignaciones incluidas en el capítulo I de todos los programas de gasto de la Consejería.

NPE: A-210919-5703

Página 26608

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Región de Murcia del 21/9/2020

TítuloBoletín Oficial de la Región de Murcia

PaísEspaña

Fecha21/09/2020

Nro. de páginas110

Nro. de ediciones12301

Primera edición10/07/1982

Ultima edición12/07/2023

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