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Boletín Oficial de la Región de Murcia del 25/8/2020
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Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia
Número 196
Lunes, 26 de agosto de 2019
Página 25475
IV. Administración Local Las Torres de Cotillas 5334
Delegación de competencias de la Alcaldía en la Junta de Gobierno Local.
Dictada la Resolución de Alcaldía relativa a Delegación de Competencias Junta de Gobierno Local de Las Torres de Cotillas, se remite para publicación del presente anuncio en este Boletín Oficial.
Delegar en la Junta de Gobierno Local, las siguientes materias:
En materia de contratación y gestión del gasto público:
Contrataciones y concesiones de toda clase, excepto contratos menores.
No obstante, la adjudicación de estos procedimientos corresponderá al Alcalde, excepto en los que no se haya constituido Mesa de Contratación.
El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el presupuesto aprobado, autorizando y disponiendo gastos de cuantía superior a 18.000 euros, más IVA y que no superen el límite de las competencias del Alcalde, excepto los contratos menores de obras.
- Contrataciones administrativas cuando sea igual o superior a 15.000 Euros, más IVA, en contratos de servicios y suministros y cuando su valor sea igual o superior a 40.000 Euros, más IVA en los contratos de obras.
- Adjudicación de concesiones sobre bienes de las misma, y la adquisición de bienes y derechos sujetos a legislación patrimonial de su competencia.
- Aprobación de proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el presupuesto.
- En materia urbanística y de apertura de establecimientos:
- Aprobar los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística, y de los proyectos de urbanización.
- En materia de personal:
Sanciones del personal funcionario y laboral excepto separación del servicio del personal funcionario y despido del personal laboral.
Aprobar la Oferta de Empleo Público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno.
Sancionar las faltas de desobediencia a su autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales, salvo en los casos en que tal facultad esté atribuida a otros órganos.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
En Las Torres de Cotillas, a 12 de agosto de 2019.La Secretaria General, Laura Martínez Pretel.
NPE: A-260819-5334
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D.L. MU-395/1985 - ISSN: 1989-1474