Boletín Oficial de la Región de Murcia del 7/4/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia

Número 79

Sábado, 7 de abril de 2018

I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejo de Gobierno 2163

Decreto n.º 27/2018, de 28 de marzo, por el que se modifica el Decreto n.º 262/2017, de 29 de noviembre, por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la concesión directa de subvenciones a la Universidad de Murcia y a la Universidad Politécnica de Cartagena, para Proyectos de dinamización del Campus de Excelencia Internacional Regional Mare Nostrum 37/38 CMN en el marco de la Estrategia de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente de la Región de Murcia RIS3Mur.

La Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en su artículo 23.2, dispone que el Consejo de Gobierno aprobará por Decreto a propuesta del órgano competente por razón de la materia para conceder subvenciones, las normas especiales reguladoras de las subvenciones contempladas en el párrafo c del apartado 2 del artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Por Decreto n.º 262/2017, de 29 de noviembre, se establecieron las Normas especiales reguladoras de la concesión directa de subvenciones a la Universidad de Murcia y a la Universidad Politécnica de Cartagena, para Proyectos de dinamización del Campus de Excelencia Internacional Regional Mare Nostrum 37/38 CMN en el marco de la Estrategia de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente de la Región de Murcia RIS3Mur BORM de 30 de noviembre.
El artículo 8 del referido Decreto establece las cuantías y la forma de pago, por importe total de 450.000 Euros para las dos universidades entre 2017 y 2020.
Para la anualidad de 2017 se disponía un anticipo de gasto total de 125.000
euros, de los cuales se asignan 80.000 euros a la Universidad de Murcia y 45.000
euros a la Universidad Politécnica de Cartagena.
Igualmente, en su artículo 10.1, referido al plazo de ejecución y justificación, se determina que la ejecución de las actuaciones objeto de la ayuda se extiende desde el 1 de enero de 2017 al 31 de diciembre de 2020, siendo el de justificación total con anterioridad al 30 de julio de 2021. En su punto 3 se determinaba la documentación que deben presentar las universidades para la justificación y en el punto 5 del mismo artículo, se establece que No obstante la obligación de presentación de la documentación citada, con anterioridad al 30 de diciembre de cada anualidad, las universidades presentarán ante la Consejería de Empleo, Universidades y Empresa, a través de las Dirección General de Universidades e investigación, una Memoria Técnica que describa las actuaciones realizadas, cuantificación económica y valoración cualitativa de sus resultados.
Teniendo en cuenta la tardanza en la publicación del Decreto que establece las Normas Reguladoras de esta subvención, cofinanciada con Fondos FEDER
y la posterior notificación de la Orden de concesión de las subvenciones, parte
NPE: A-070418-2163

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Región de Murcia del 7/4/2018

TítuloBoletín Oficial de la Región de Murcia

PaísEspaña

Fecha07/04/2018

Nro. de páginas51

Nro. de ediciones12301

Primera edición10/07/1982

Ultima edición12/07/2023

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