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Boletín Oficial de la Región de Murcia del 13/3/2018
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Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia
Número 60
Martes, 13 de marzo de 2018
Disposición transitoria única.
Las licencias de taxi concedidas con anterioridad por tiempo indefinido seguirán vigentes y no caducaran o se revocaran más que en los supuestos previstos en la presente ordenanza; no obstante, sus titulares dispondrán de un plazo de 2 años desde la entrada en vigor de la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, reguladora del transporte público de personas en vehículos de turismo por medio de taxi de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para cumplir los requisitos establecidos en el artículo 21 de la misma; así como los recogidos en la presente Ordenanza; entre ellos el de la obtención del permiso municipal de conducir.
Disposición final.
La presente Ordenanza entrará en vigor una vez publicado completamente su texto en el Boletín Oficial de la Provincia y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, por remisión al artículo 70.2 de la citada Ley.
Anexo I
Delimitación de zona urbana del Municipio Plano del término municipal marcando zonas urbanas Santomera, 27 de febrero de 2018.La Alcaldesa-Presidenta, Inmaculada Sánchez Roca.
NPE: A-130318-1719
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