Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 9/2/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

- Vázquez Figueroa Ricardo Exequiel, D.N.I. N 26.961.681, con el 75%.
- Vallejo Walter Luis, D.N.I. N 22.686.290; con el 75%.
- Paz Cesar Darío, D.N.I. N 23.085.146, con el 100%.
- Luna Darío José, D.N.I. N 29.818.848, con el 75%.
- Osores, Néstor Alejandro, D.N.I. N 34.591.078, con el 75%.
- Paz Daniel Ricardo, D.N.I. N 25.923.240, con el 75%.
- Brito Oscar Marcelo, D.N.I. N 27.976.285, con el 75%.
- Sulca Germán Eduardo, D.N.I. N 27.370.743, con el 65%.
- Pieroni Luis Gerardo, D.N.I. N 27.962.424, con el 65%.
- Núñez Patricio Alejandro, D.N.I. N 27.961.325, con el 65%.
- Medrano Lucas Adrián, D.N.I. N 28.292.622, con el 65%.
- González Gustavo Enrique, D.N.I. N 24.982.030, con el 60%.
- Ferreyra Cristian Fabián, D.N.I. N 25.542.990, con el 60%.
- Romero José Rolando, D.N.I. N 25.837.405, con el 60%.
- Ponce Ángel Nicolás, D.N.I. N 30.048.896, con el 60%.
- Lizardo Ángel Ricardo, D.N.I. N 27.909.668, con el 60%.
- Piedrabuena Walter Marcelo, D.N.I. N 22.664.652, con el 60%.
- Castro Luis Fernando, D.N.I. N 30.835.153, con el 60%.
- Serrano Roque Alberto, D.N.I. N 32.921.750, con el 60%.
- Brito Nelson Maximiliano, D.N.I. N 32.158.023, con el 60%.
- Rojas Alexander José Nahuel, D.N.I. N 29.835.576, con el 60%.
- Aguirre Alfredo Alejandro, D.N.I. N 36.376.751, con el 60%.
- Cárdenas Mauricio Esteban, D.N.I. N 36.421.025, con el 60%.
- Leal Carlos Nicolás, D.N.I. N 41.182.088, con el 60%.
- Velardez Jorge Augusto, D.N.I. N 39.974.302, con el 60%.
- Zelarayán Walter Exequiel, D.N.I. N 40.437.049, con el 60%.
- Albornoz Nelson Gabriel, D.N.I. N 31.644.902, con el 60%.
ARTICULO 3.- Impútese la erogación resultante de lo dispuesto en el presente Decreto, a las Partidas Presupuestarias con que al efecto cuenta la Unidad de Organización 040, Denominación: Gobernación y Secretaría General de la Gobernación, Financiamiento: Fuente 10 - Recursos Tesoro General de la Provincia, del Presupuesto General en vigencia.
ARTICULO 4.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno y Justicia, y firmado por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTICULO 5.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 9/2/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

PaísArgentina

Fecha09/02/2024

Nro. de páginas43

Nro. de ediciones4432

Primera edición14/12/2004

Ultima edición25/06/2024

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