Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 1/2/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Aviso número: 98040

DECRETO 100 / 2024 DECRETO / 2024-01-16

DECRETO N 100/3 MEyP, del 16/01/2024.
EXPEDIENTE N 289/220/2024
VISTO las Leyes N 8.829 y N 9.446; y CONSIDERANDO:
Que el artículo 1 de la Ley 8.829 faculta al Poder Ejecutivo, conforme las posibilidades del erario provincial, a suscribir convenios de préstamos con las Municipalidades y Comunas Rurales de la Provincia, así como a otorgar asistencias financieras, mediante aportes del Tesoro Provincial, para ser destinados a los fines allí mencionados.
Que, ante ello, la Dirección de Relaciones Municipales acompaña -a fojas 2/4- el pertinente Modelo de Acuerdo Fiscal con Municipios a suscribir, oportunamente, con los Municipios de Aguilares; Alderetes; Banda del Río Salí; Bella Vista; Concepción;
Famaillá; Juan Bautista Alberdi; San Isidro de Lules; Monteros; Tafí Viejo; Tafí del Valle; y Yerba Buena.
Que el Acuerdo en cuestión tienen por objeto el otorgamiento de asistencias financieras reintegrables a fin de garantizar la cobertura de la planilla salarial mensual del personal municipal.
Que el acuerdo dispone a su vez, que los montos de las asistencias mencionadas precedentemente deberán se depositadas en la cuenta del Fondo Fiduciario Municipal correspondiente a cada Municipio y no devengarán ningún tipo de interés.
Que, asimismo, se prevé la posibilidad de otorgamiento en casos de necesidad y urgencia, de asistencias en el marco del artículo 1 de la Ley 8.829, de acuerdo a las posibilidades del Tesoro Provincial.
Que la Ley N 9.733 faculta a la Caja Popular de Ahorros de la Provincia a prorrogar hasta el 31/12/2024 los contratos de fideicomiso celebrados con los Municipios de la Provincia, conforme las disposiciones de la Ley N 7.467.
Que las Municipalidades de la Provincia deberán suscribir ante Escribanía de Gobierno la pertinente Escritura de Cesión de Derechos a favor de la Provincia, siendo necesario autorizar al señor Ministro de Economía y Producción a suscribir las mismas.
Que las difíciles circunstancias económicas y financieras por las que atraviesa nuestro país, repercuten en el erario provincial, como así también en los de las Municipalidades, resultando pertinente el accionar conjunto del Estado Provincial y los Municipios de la Provincia, a fin de aplicar las medidas fiscales conducentes a asegurar el cumplimiento de los compromisos salariales Que, por lo expuesto, resulta del caso proceder de conformidad a lo gestionado, dictando para ello la medida administrativa que disponga al respecto.
Por ello, atento a lo informado por Contaduría General de la Provincia a foja 13, Dirección General de Presupuesto a foja 14 y en mérito al Dictamen Fiscal N 073 del 16/01/2024, obrante a fojas 20/22 de estos actuados, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1: Facúltase al señor Ministro de Economía y Producción para que, en representación del Superior Gobierno de la Provincia, suscriba oportunamente con las Municipalidades de Aguilares; Alderetes; Banda del Río Salí; Bella Vista;
Concepción; Famaillá; Juan Bautista Alberdi; San Isidro de Lules; Monteros; Tafí Viejo; Tafí del Valle y Yerba Buena, el Acuerdo Fiscal con Municipios, por el período de Enero a Junio de 2024 ambos meses inclusive que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto - quedando el mismo aprobado.
ARTICULO 2: Facúltase al Señor Ministro de Economía y Producción a suscribir las

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 1/2/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

PaísArgentina

Fecha01/02/2024

Nro. de páginas33

Nro. de ediciones4429

Primera edición14/12/2004

Ultima edición15/05/2024

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