Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 30/8/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Aviso número: 95247

DECRETO 2611 / 2023 DECRETO / 2023-08-04

DECRETO N 2.611/1 FE, del 04/08/2023.
EXPEDIENTE N 4.974/326-C-2022.VISTO, las presentes actuaciones mediante las cuales se gestiona el pago de la deuda emergente del juicio: "Ibarra María del Carmen y Otro c/ Dirección Provincial de Vialidad s/ Daños y Perjuicios" Expte. Judicial N 710/13, que se tramita ante la Excma. Cámara Contencioso Administrativo, Sala II, y CONSIDERANDO:
Que a fs. 1 se adjunta Formulario de Registro de Sentencias Condenatorias Decreto N 1.583/1 FE-16 Anexo II; a fs. 2/19 obra copia de la Sentencia N 558 del 21 de octubre de 2019, que resuelve la cuestión de fondo e impone costas, y a fs. 38 obra copia de Decreto del 6 de mayo de 2022, que aprueba la planilla de liquidación.
Que a fs. 45 el servicio jurídico de la Dirección Provincial de Vialidad informa que tanto la sentencia de fondo como la aprobación de la planilla se encuentran firmes, que la deuda debe ser abonada en efectivo y que no existen pagos, embargos ni cesiones por los conceptos reclamados, lo que ratifica a fs. 55.
Que a fs. 58 obra planilla de liquidación actualizada, confeccionada por la Dirección de Auditoría y la Dirección de Registro de Sentencias de Fiscalía de Estado, que asciende a la suma total de $ 7.740.029,17.
Que a fs. 69 el Servicio Administrativo Financiero de Fiscalía de Estado, señala que, en atención a las previsiones de la Resolución N 1005/ME-2022, se cargará una orden de pago extrapresupuestaria con el código de operación 350 Gestión JudicialLey N 8851, quedando la imputación a cargo del organismo descentralizado o autárquico.
Que a fs. 73/74 Contaduría General de la Provincia y la Dirección General de Presupuesto emiten informes de su competencia Que a fs. 75 obra informe del Departamento de Deuda Pública de la Secretaría de Estado de Hacienda.
Que a fs. 76 la Dirección de Registro de Sentencias de Fiscalía de Estado indica que el orden de prelación conforme al artículo 4 de la Ley N 8.851, corresponde al N
103, con fecha de notificación el 13 de mayo de 2022.
Que la Ley N 8.851 en su artículo 3 dispone que los pronunciamientos judiciales que condenen al Estado Provincial serán satisfechos dentro de las autorizaciones del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos para la Administración Pública Provincial y hasta su agotamiento.
Que el artículo 4 de la citada norma, determina que Fiscalía de Estado deberá tomar conocimiento fehaciente de la condena judicial firme antes del 31 de julio de cada año, debiendo remitir a la Secretaría de Estado de Hacienda hasta el 31 de agosto, el detalle de los juicios con sentencia condenatoria con planillas firmes a incluir en el proyecto de presupuesto.
Que el artículo 2 del Decreto N 1.583/1FE-16 reglamentario de la Ley N 8.851
prevé que corresponde al Registro de Sentencias Condenatorias, tomar razón de las sentencias condenatorias firmes y elaborar una base de datos bajo estricto orden de antigedad, según la fecha de notificación de la planilla firme y definitiva.
Por ello, y en virtud del Dictamen Fiscal N 1.796 de fecha 20 de julio 2023, obrante a fs. 77/79, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Autorizase a la Dirección de Administración y Despacho de Fiscalía de Estado a emitir una Orden de Pago Extrapresupuestaria - Código de Operación 350 Gestión Judicial Ley 8.851 por la suma total de PESOS SIETE MILLONES SETECIENTOS

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 30/8/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

PaísArgentina

Fecha30/08/2023

Nro. de páginas55

Nro. de ediciones4429

Primera edición14/12/2004

Ultima edición15/05/2024

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