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Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 12/6/2023
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán
Aviso número: 93663
DECRETO 1156 / 2023 DECRETO / 2023-04-17
DECRETO N 1.156/1, del 17/04/2023.
EXPEDIENTE N 649/110-F-2023.
VISTO, la presentación efectuada por la Fundación "Madre Tierra" Personería Jurídica Resolución N 49/11-D.P.J., con domicilio en calle Matheu 4.032, B San Francisco, Mza. 20, Lote 12, de esta ciudad, mediante la cual solicita una ayuda económica, y CONSIDERANDO:
Que la ayuda económica solicitada será destinada a la reparación y cierre de la galería de la citada fundación, la que sufrió la voladura del techo debido a las tormentas ocurridas durante el año, en la misma se realizan actividades escolares y recreativas con niños de la zona, capacitaciones y talleres de oficio para adultos.
Que Asesoría Letrada de la Secretaría General de la Gobernación emite dictamen favorable.
Por ello, considerando procedente brindar la asistencia económica solicitada, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Otórgase a la Fundación "Madre Tierra" Personería Jurídica Resolución N 49/11-DPJ, con domicilio en calle Matheu 4.032, B San Francisco, Mza. 20, Lote 12, de esta ciudad, un subsidio con cargo a oportuna rendición de cuentas, por la suma total de $8.722.466.-Pesos ocho millones setecientos veintidós mil cuatrocientos sesenta y seis, quedando facultada la Dirección de Administración de la Secretaría General de la Gobernación, a emitir la correspondiente Orden de Pago, con la finalidad señalada precedentemente.
ARTICULO 2.- Impútese la erogación dispuesta precedentemente a Jurisdicción 03, Programa 12, Subprograma 00, Proyecto 00, Finalidad/Función 320, Actividad/Obra 01, Unidad de Organización N 040, Partida Subparcial 517, Financiamiento: Fuente 10, Recursos Tesoro General de la Provincia, del Presupuesto General vigente.
ARTICULO 3.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra de Gobierno y Justicia, y firmado por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTICULO 4.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.