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Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 5/12/2019
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán
Aviso número 75662
DECRETO 259 / 2019 DECRETO / 2019-11-08
DECRETO N 259/1 SERI, del 08/11/2019.EXPEDIENTE N 421/810-RI-2019VISTO, que resulta necesario autorizar al Señor Director de Coordinación Operativa de la Secretaria de Estado de Relaciones Internacionales, categoría 24, Lic. Juan Usandivaras, a trasladarse, en misión oficial, a la Provincia de Tucumán, CONSIDERANDO:
Que el funcionario citado, mantendrá reuniones en nuestra Provincia, durante el día 19 y 20 de noviembre del corriente año, junto al equipo de la Secretaría de Estado de Relaciones Internacionales, con objeto de la realización del balance de actividades, de la gestión 2019.
Que, a efectos de cumplimentar con la aludida misión oficial, se estima procedente el dictado del pertinente instrumento legal.
Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Autorizase al Señor Director de Coordinación Operativa de la Secretaria de Estado de Relaciones Internacionales, categoría 24, Lic. Juan Usandivaras, a trasladarse en misión oficial, vía aérea, desde la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la Provincia de Tucumán, el día 19 de noviembre del 2019; con regreso a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 20 de noviembre de 2019, por la misma vía, conforme a los considerandos precedentes.
ARTICULO 2.- Autorizase a la Dirección de Administración y Despacho de la Secretaría de Estado de Relaciones Internacionales, a proveer al funcionario de los fondos correspondientes para viáticos y pasajes.
ARTICULO 3.- Impútese el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, a las partidas específicas con que al efecto cuenta la Unidad de Organización N 095 - Secretaría de Estado de Relaciones Internacionales, del presupuesto general vigente.
ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra de Gobierno y Justicia, y firmado por el Señor Secretario de Estado de Relaciones Internaciones.
ARTICULO 5.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, y archívese.