Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 4/8/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Aviso número 61072

DECRETO 2299 / 2017 DECRETO / 2017-07-21
DECRETO N 2.299/1FE, del 21/07/2017.
EXPEDIENTE N 496/170-DJ-15 y Agreg.VISTO, las presentes actuaciones a través de las cuales se gestiona el pago en concepto de capital y honorarios en el Juicio: "Carrizo, María Patricia C/Provincia de Tucumán y Otro S/Daños y Perjuicios" Expte. N 664/06 que tramita ante la Excma. Cámara Contencioso Administrativo, Sala II, y CONSIDERANDO:
Que a fs. 3/11 se agrega copia certificada de la Sentencia N 359 de fecha 28 de junio de 2012 y a fs. 22 obra copia de la Sentencia N 1.142 de Regulación de Honorarios al Dr. Alberto Aníbal Pombo de fecha 15 de diciembre de 2015.
Que a fs. 21 se adjunta el Formulario de Registro de Sentencias Condenatorias Decreto N 1.583/1 FE-16 Anexo II.
Que a fs. 29 Dirección Judicial de Fiscalía de Estado informa que mediante Sentencia N 359 de fecha 28 de junio de 2012 se ordena a la Provincia de Tucumán a abonar lucro cesante y daño moral y que mediante Sentencia N 1.142 de fecha 15
de diciembre de 2015 se regulan honorarios al Dr. Alberto Aníbal Pombo por la suma de $17.050.- Las costas son en el porcentaje del 80% a cargo de la Provincia. Indica que las sentencias de fondo y de regulación de honorarios se encuentran firmes, que la deuda debe abonarse en efectivo ya que se trata de deuda no consolidada. Agrega que no existen registros de pagos, embargos o cesiones por tal concepto. Indica que para el orden de prioridades establecido por la Ley N 8.851, la fecha de notificación a la Provincia de Tucumán de la sentencia de fondo es el 9 de marzo de 2015 y de la sentencia de regulación de honorarios es el 26 de junio de 2015.
Que a fs. 30 el Departamento Servicio Administrativo Financiero de Fiscalía de Estado informa que no se registran pagos bajo estos conceptos en el juicio de referencia.
Que a fs. 40 y 58/59 Dirección Registro de Sentencias de Fiscalía de Estado agrega planillas de liquidación.
Que a fs. 44 se consigna la imputación presupuestaria que absorberá el gasto.
Que a fs. 47 interviene Secretaría de Estado de Hacienda verificando el monto de $320.244,76 Capital.
Que a fs. 64 y 71 Secretaría de Estado de Hacienda toma intervención sin efectuar observaciones, verificando el monto de $19.140,02 Honorarios, ello, habida cuenta de la sustitución de las planillas que obraban a fs. 58/59.
Que a fs. 65 Dirección de Registro de Sentencias de Fiscalía de Estado informa que el orden de prelación conforme al artículo 4 de la Ley N 8.851 corresponde a los números 30 y 46 respectivamente.
Que la Ley N 8.851 en su artículo 3 dispone que los pronunciamientos judiciales que condenan al Estado Provincial serán satisfechos dentro de las autorizaciones del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos para la Administración Pública Provincial y hasta su agotamiento.
Que el artículo 4 de esa norma determina que Fiscalía de Estado deberá tomar conocimiento fehaciente de la condena judicial firme antes del 31 de julio de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 4/8/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

PaísArgentina

Fecha04/08/2017

Nro. de páginas160

Nro. de ediciones4430

Primera edición14/12/2004

Ultima edición06/06/2024

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