Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 28/3/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XXXII -

Ushuaia, Martes 28 de Marzo de 2023

2023- 40º Aniversario de la Restauración de la Democracia
0077

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Nº 5321

2023- 40º Aniversario de la Restauración de la Democracia
0077

Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología
Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología
principal pagador con renuncia de los beneficios de división y excusión.
En todas las garantías los fiadores y principales pagadores deberán constituir domicilio legal en el ámbito de la Provincia y someterse en caso de ejecución si correspondiere, a los tribunales competentes de la Provincia, renunciando a todo otro fuero de excepción que les pudiera corresponder.
Las garantías podrán constituirse por los medios enunciados en el punto 2.6.4. extendidas a favor de la PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR.
La garantía de contrato será reintegrada una vez efectuada la Recepción Definitiva, de corresponder. En caso de recepciones parciales definitivas, podrá el contratista reducir la garantía de contrato constituida en la proporción correspondiente.

5. Contrato.
6. Oferta.
7. Ordenes de Servicio y Notas de Pedido.
8. Fojas de Medición y Certificados.
9. Actas de Recepción Provisoria y Definitiva.
Todo aquello que no esté contemplado en la documentación de la contratación, será resuelto, en cuanto sea de aplicación, según las siguientes disposiciones:
1º.- La Ley Nacional de Obras Públicas 13.064 B.O. 28/10/47 leyes y decretos complementarios y aplicables al caso.
2º.- Leyes Provinciales 1408 y 1015, Decreto Nacional Nº 691/16, normas complementarias y reglamentarias, según corresponda.
3º.- Reglamentaciones Nacionales, Provinciales y Municipales aplicable.
4º.- Ley de Procedimiento Administrativo 141.
5.- Demás normas subsidiarias y de aplicación analógica según el caso.
6.- Subsidiariamente, los principios generales del Derecho Administrativo.

3.9. Seguros Deberán presentarse los siguientes seguros al momento de celebrarse el acta de inicio:
a Seguro todo riesgo de la construcción que incluye la cobertura de responsabilidad civil extracontractual:
Se cubrirá la responsabilidad civil extracontractual en que incurra el asegurado por daños causados a bienes de terceros que ocurran en conexión directa con la ejecución del trabajo contratado, que hubiera acontecido dentro o en la vecindad inmediata del sitio de la obra, sus desplazamientos necesarios y durante el período del seguro.
Deberá cubrir los riesgos de la obra hasta su recepción definitiva.
La Póliza de Seguro de Caución será por igual monto al total del precio de contratación, accesorios, multas y demás que pudiera corresponder, a nombre de la PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA
E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, aprobado por la Superintendencia de Seguros de la Nación acompañada por recibo oficial de la Compañía aseguradora que acredite la cancelación total hasta la extinción total de las obligaciones del Adjudicatario emanadas del presente pliego de la obra: REFACCIÓN SALA DE
MÁQUINAS E INSTALACIÓN NUEVA DE GAS - COLEGIO PROVINCIAL RAMÓN ALBERTO TREJO NOELTOLHUIN- 2023.
b Seguro accidente de trabajo:
Será de aplicación la Ley sobre Riesgo de Trabajo L.R.T. 24.557 y deberá asegurar contra todo riesgo de accidente de trabajo en una ART de conocida solvencia dando cobertura a todo su personal.
El Contratista deberá presentar a través del libro de comunicaciones original y/o fotocopia del Contrato de Afiliación a la A.R.T., Nómina del personal incluido, Nómina del personal afectado a la obra, inclusive el Representante Técnico.
Dado a que no se autoriza el ingreso a obra de ningún trabajador que no cuente con el seguro mencionado, el Contratista deberá comunicar a la Inspección cualquier modificación alta y/o baja en relación a los trabajadores afectados a la obra, sean estos dependientes del Comitente o del Contratista.
No se autorizará el ingreso a la obra de ningún trabajador que no figure en la nómina del personal incluido.
El Contrato con la ART deberá tener vigencia por todo el tiempo que dure la afectación del personal de la obra.
c Seguro de Vida Obligatorio.
La póliza de seguro colectivo de vida obligatorio se aplicará al Decreto 1567/1974, autorizadas a las entidades, serán tomadas por los empleadores en cualquier entidad aseguradora, que se encuentre inscripta en el Registro Especial de carácter público que lleva la Superintendencia de Seguros De La Nación SSN.
3.9.1. Aspectos comunes de las pólizas Prohíbase efectuar contrato por auto seguro, quedando obligado el Contratista a contratar el servicio de seguro, con entidades aseguradoras locales y/o productores locales representantes de empresas aseguradoras de 1º Nivel inscriptas y reconocidas por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN.
Dichos seguros deberán contemplar indemnizaciones pagaderas en los tipos y proporciones de monedas para rectificar la pérdida o daños o perjuicios ocasionados.
Serán admisibles las pólizas de caución con firma digital habilitadas por Resolución N RESOL-2018-503APN-SSNMHA cuya plena validez jurídica fuera ratificada por Providencia del Poder Ejecutivo Nacional N PV-2020-30541551-APN-GTYNSSN.
Las condiciones del seguro no podrán modificarse sin aprobación del Comitente.
Las obligaciones de contratar seguros estipuladas, no enervan las responsabilidades del contratista para con el comitente. En el caso de ser la Contratista una UT, todas y cada una de las empresas que la integran deberá figurar como tomador del seguro correspondiente.
3.10. Documentos del Contrato - Orden de Prelación Serán documentos del Contrato y darán fe en caso de discrepancia los siguientes componentes y en este orden:
1. Circulares.
2. Pliego de Bases y Condiciones.
3. Pliego de Especificaciones Técnicas.
4. Planilla de Cómputo y Presupuesto
4.DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
4.1. Inicio de los Trabajos Los trabajos deberán iniciarse una vez que el oferente cumplimente la totalidad de la documentación, pudiendo prorrogarse el plazo previsto, según las circunstancias particulares de la obra.
A partir de la celebración del acta de inicio de obra comenzará a computarse el plazo contractual.
Al momento de labrada el Acta de Inicio ANEXO V, la Contratista deberá presentar: a Alta temprana de personal; b Seguro de accidentes personales del representante técnico siempre que no esté incluido en ART; c Seguros establecidos en el punto 3.9.
Asimismo, la empresa deberá presentar la Encomienda profesional del representante técnico del respectivo colegio profesional en un plazo de 5 días de suscripta el Acta de Inicio.
4.2. Otros gastos a cargo del Contratista Estarán a cargo del Contratista y deberán contemplarse en la oferta los siguientes gastos:
4.2.1. Cartel de obra El cartel de obra será de las medidas indicadas en el modelo correspondiente según ANEXO XII.
El cartel de obra deberá ser retirado por la empresa Contratista al momento de la firma del Acta de Recepción Definitiva.
4.2.2. Tributos, derechos y aranceles Estos deberán abonarse con motivo de la ejecución de las obras, incluidos los que correspondan a su actividad y que tengan relación con las mismas.
El Contratista no tendrá derecho a exenciones de dichos tributos, derechos o aranceles si para obtenerlos se requiriese una expresa solicitud del Comitente en tal sentido ante los organismos perceptores de los mismos.
4.2.3. Los originados por la provisión de agua de construcción, gas y energía eléctrica de Obra.
4.2.4. Vigilancia, alumbrado, señalamiento y prevención de accidentes El Contratista deberá prever la vigilancia continua y permanente de la obra desde la firma del Acta de Inicio y hasta su recepción provisoria, para prevenir robos o deterioros de los materiales y partes componentes u otros bienes propios o ajenos, así como lo relativo al servicio de prevención de accidentes que puedan afectar a bienes o personas del M.E.C.C.yT o de terceros, evitando daños a los mismos.
El Contratista colocará luces de peligro y distribuirá en la obra y obrador, la cantidad necesaria de focos de iluminación que permitirá hacer efectiva la vigilancia y tomar medidas precautorias en todas aquellas partes que por su naturaleza y situación pudieran provocar accidentes durante el transcurso de la construcción.
Cuando se trate de trabajos en ejecución en la vía pública, el señalamiento y las medidas de seguridad serán las establecidas por la normativa vigente en la materia.
4.2.5. Insumos a proveer El Contratista deberá proveer al Comitente con el cobro del Anticipo Financiero de conformidad con el punto 5.2. lo indicado:
4 cuatro Cubiertas con clavos 175/65 R14.
25 veinticinco Electrodos Soldar Acindar 6013 Punta Azul X 2,50 Mm En Pack De 1 Kg.
80 ochenta Disco Abrasivo Desbaste 115x6mm Acero Hierro Hamilton.
80 ochenta Disco Corte Amoladora Chica 115x1.6.
5 cinco Guante Para Soldar Herreria Forrado Reforzado.
5 cinco Delantal Para Soldar Amarillo 1 Pieza 60x90.
5 cinco Arnes De Seguridad Y Cabo De Vida Slingar 212c + Cv21 +bolso.

" Las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes son argentinos"

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 28/3/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaísArgentina

Fecha28/03/2023

Nro. de páginas895

Nro. de ediciones3696

Primera edición02/01/2002

Ultima edición17/11/2023

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