Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 28/10/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XXIX -

Ushuaia, Miércoles 28 de Octubre de 2020 - Nº 4725

Sr. CORPO, José Alberto, CUIL Nº 20-16543920-2 por la suma de PESOS OCHENTA MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON
39/100 $ 80.489,39. Ello, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Determinar que el subsidio será aplicado al destino aprobado mediante Informe Técnico a orden Nº 3. El beneficiario deberá financiar con recursos propios las eventuales diferencias que surjan entre el monto indicado en el Artículo 1º de la presente y el valor de la asistencia solicitada.
ARTÍCULO 3º.- Instrumentar las acciones correspondientes para efectuar la transferencia a favor del Sr. CORPO, José Alberto, CUIT Nº 2016543920-2.
ARTÍCULO 4º.- Hacer saber al beneficiario que una vez efectivizado el subsidio, deberá efectuar la rendición en el plazo establecido en el punto 8 del Anexo I de la Resolución M. P. y A. N 587/2020. El incumplimiento a esta disposición dará lugar a las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO 5º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente, UGG PA7455 - UGC PA0455 - INCISO 5, correspondiente al ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTÍCULO 6º.- Notificar al interesado. Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
CASTIGLIONE
RESOL. Nº 2362

16/10/2020

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento administrativo instrumentado a través de las presentes actuaciones y otorgar un subsidio a favor de la firma MARY ELENA GLORIA, LUNA, CUIT Nº 27-18705691-3, representado por su socio gerente el Sr. PEREYRA ESPEJO, Eduardo Ramón, DNI Nº 23.982.681 por la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y CINCO MIL CON 00/100 $ 135.000,00. Ello, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Determinar que el subsidio será aplicado al destino aprobado mediante Informe Técnico a orden Nº 3. El beneficiario deberá financiar con recursos propios las eventuales diferencias que surjan entre el monto indicado en el Artículo 1º de la presente y el valor de la asistencia solicitada.
ARTÍCULO 3º.- Instrumentar las acciones correspondientes para efectuar la transferencia a favor de su socio gerente el Sr. PEREYRA ESPEJO, Eduardo Ramón, DNI Nº 23.982.681.
ARTÍCULO 4º.- Hacer saber al beneficiario que una vez efectivizado el subsidio, deberá efectuar la rendición en el plazo establecido en el punto 8 del Anexo I de la Resolución M. P. y A. N 587/2020. El incumplimiento a esta disposición dará lugar a las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO 5º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente, UGG PA7455 - UGC PA0455 - INCISO 5, correspondiente al ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTÍCULO 6º.- Notificar al interesado. Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
CASTIGLIONE
RESOL. Nº 2363

16/10/2020

ARTÍCULO 1º.- Dar de baja el Adicional Único General creado por el Decreto Provincial Nº 2118/12, a la agente María Lujan LEDESMA, legajo Nº 30963983/00, categoría 10 P.A. y T., a partir del día siguiente de la notificación del Decreto Provincial N 1294/20. Ello por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Notificar a la interesada, comunicar a la Subsecretaría de Empleo Público, dar al Boletín Oficial de la Provincia y Archivar.
CASTIGLIONE
RESOL. Nº 2364

16/10/2020

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento administrativo instrumentado a través de las presentes actuaciones y otorgar un subsidio a favor de la firma, por la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS CON 10/100 $ 240.432,10. Ello, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Determinar que el subsidio será aplicado al destino aprobado mediante Informe Técnico a orden Nº 12. El beneficiario deberá financiar con recursos propios las eventuales diferencias que surjan entre el monto indicado en el Artículo 1º de la presente y el valor de la asistencia solicitada.
ARTÍCULO 3º.- Instrumentar las acciones correspondientes para efectuar la transferencia a favor de la firma C.A.P. Y C. CUIT N 33-715611169.
ARTÍCULO 4º.- Hacer saber al beneficiario que una vez efectivizado el subsidio, deberá efectuar la rendición en el plazo establecido en el punto 8 del Anexo I de la Resolución M. P. y A. N 587/2020. El incumplimiento a esta disposición dará lugar a las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO 5º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente, UGG PA7455 - UGC PA0455 - INCISO 5, correspondiente al ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTÍCULO 6º.- Notificar al interesado. Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
CASTIGLIONE
RESOL. Nº 2365

16/10/2020

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 28/10/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaísArgentina

Fecha28/10/2020

Nro. de páginas29

Nro. de ediciones3738

Primera edición02/01/2002

Ultima edición23/01/2024

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