Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 1/4/2011

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

1991
- 2011.
Aniversario de 01
la de Jura de ladeConstitución AÑO
XX Vigésimo - Ushuaia, Viernes Abril 2011 - NºProvincial 2843

1
Nº 2843

AÑO XX

BOLETIN OFICIAL

Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina PODER EJECUTIVO
María Fabiana RIOS
Gobernadora
Dr. Guillermo Horacio ARAMBURU

C.P. Hiram Christian Javier RUIZ

M.M.O. Manuel Fernando BENEGAS

Lic. Amanda Ruth DEL CORRO

Ministro de Gobierno, Coordinación General y Justicia
Ministro de Economía
Ministro de Obras y Servicios Públicos
Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología
Dra. María Haydee GRIECO

Sr. Sergio Daniel ALVAREZ

Dr. Marcelo Oscar ECHAZU

Prof. Andrea María CERVANTES

Ministro de Salud
Ministro de Desarrollo Social
Ministro de Trabajo
Secretario de Derechos Humanos
Lic. Sandra Graciana GARNICA

Secretario de Representación Oficial del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Lic. Osvaldo Julio MONTI

Dra. Leila Eleonora GIADAS

Secretario General de Gobierno
Secretario Legal y Técnico
Sr. Eduardo Humberto DANDREA

Lic. Ariel Ernesto MARTINEZ

Secretario de Hidrocarburos
Secretario de Desarrollo Sustentable y Ambiente
Ushuaia, Viernes 01 de Abril de 2011
DECRETO Nº 784

22-03-11 actuales, así como la cartografía y fotografía permiten la transmisión VISTO el Expediente Nº 3773- de experiencias y valores a la soGM/11 del registro de esta Goberciedad a través de una comunicanación y;
ción que alcanza a todas las generaciones y posibilita apreciar suCONSIDERANDO:
cesos trascendentes de la historia Que mediante el mismo tramita la y su evolución.
denominación del Salón Islas Que, asimismo, la Constitución Malvinas, Georgias del Sur y SandNacional consagra el objetivo perwich del Sur en la Casa de Gomanente e irrenunciable de recupebierno Provincial, ubicada en la rar el ejercicio pleno de la soberaCiudad de Ushuaia, capital de la Provincia de Tierra del Fuego, Annía sobre dichos territorios y espacios marítimos, conforme a los tártida e Islas del Atlántico Sur.
Que dicha iniciativa, enmarcada en principios del derecho internaciolos festejos del Vigésimo Anivernal y respetando el modo de vida sario de la Jura de la Constitución de sus habitantes.
Provincial, se fundamenta en el inQue, en virtud de ello, el Gobierno terés de este Gobierno por dedicar Provincial considera pertinente a la Cuestión Malvinas un espapromover e impulsar todas aquecio representativo institucional en llas acciones vinculadas a la Cuesel cual se exhiba material histórico, tión Malvinas, con la convicción cartográfico y fotográfico referido de que a través del abordaje pera un emblema de la historia e idenmanente se contribuirá a la constidad provincial, máxime a partir trucción de una identidad provinde la sanción de la Ley Nacional cial que contemple a la integridad N 26.552.
de Nuestra Provincia.
Que los documentos históricos y Que, ante lo expuesto, resulta per-

tinente mediante el presente acto administrativo denominar Salón Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur a aquel ubicado en el 1 Piso de la Casa de Gobierno Provincial y conocido como Salón Blanco.
Que la suscripta se encuentra facultada para dictar el presente en virtud de lo dispuesto por el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
LA GOBERNADORA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Denominar Salón Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur espacio ubicado contiguo al Salón Lasserre, en el 1 Piso de la Casa de Gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur de la Ciudad de
Ushuaia, conocido como Salón Blanco.
ARTICULO 2º.- De forma.
RIOS
Manuel F. BENEGAS
DECRETO Nº 785

23-03-11

ARTÍCULO 1- Autorizar el traslado del señor Secretario de Desarrollo Sustentable y Ambiente Lic.
Ariel Martínez a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires entre los días veintiocho 28 al treinta y uno 31
de marzo de 2011, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2.- Autorizar la adquisición de un 1 pasaje vía aérea por los tramos Ushuaia - Buenos Aires - Ushuaia y la liquidación de tres 03 días de viático a favor del funcionario mencionado en el artículo precedente.
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de lo expuesto en el artículo 2 será atendido con fondos de afectación es-

"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 1/4/2011

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaísArgentina

Fecha01/04/2011

Nro. de páginas39

Nro. de ediciones3696

Primera edición02/01/2002

Ultima edición17/11/2023

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