Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 3/3/2004
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego
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AÑO XIII - Ushuaia, Miércoles 03 de Marzo de 2004 - Nº 1803
"1904 - 2004 Centenario de la Presencia Argentina Ininterrumpida en el Sector Antártico"
Nº 1803
AÑO XIII
BOLETIN OFICIAL
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina PODER EJECUTIVO
Dn. Mario Jorge Colazo Gobernador
Dn. Hugo Omar Coccaro Vicegobernador
Ing. Eduardo Rubén COPPOLA
Sr. Horacio Oscar MIRANDA
Sra. Ana Delfina ESPARZA
Sr. Jorge Enrique PASSERINI
Ministro Coordinador de Gabinete
Ministro de la Producción
Ministro de Desarrollo Social
Secretario de la Representación Oficial del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Sr. Daniel Esteban MARTINEZ
Arq. Norberto Ciro COFRECES
Sr. Miguel Angel RAMIREZ
Sra. Ana Rosa LAZOS
Ministro de Gobierno, Trabajo, Seguridad, Justicia y Culto
Ministro de Obras y Servicios Públicos
Ministro de Turismo y Medio Ambiente
Secretaria General de Gobierno
Lic. Raúl Horacio BERRONE
Prof. Walter Sergio DANGELO
Sr. Pablo Javier GOMEZ
Sra. Ana María del Carmen CORDOBA
Ministro de Economía, Hacienda y Finanzas
Ministro de Educación y Cultura
Ministro de la Juventud y Deportes
Secretaria de Relaciones Institucionales y con la Comunidad
Ing. Jorge Alberto Francisco ANDINO
Dr. Mario Héctor GIANOTTI
Dr. Fernando Horacio DOMINGUEZ POSE
Sra. Marisa Luz DUME
Ministro de Hidrocarburos, Energía y Minería
Ministro de Salud
Secretario Legal y Técnico
Secretaria de Relaciones Internacionales y Programas Especiales
Ushuaia, Miércoles 03 de Marzo de 2004
DECRETO N 758
27-02-04
ARTICULO 1- Suspender los efectos del Decreto Provincial N 738/
04, a partir del día de la fecha, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.
ARTICULO 2- De forma.
COLAZO
Eduardo R. COPPOLA
DECRETO N 759
25-02-04
VISTO el expediente N 12352 /
2003 del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo establecido en la Ley Territorial N 343 y en el Decreto Provincial N 82/92 corresponde realizar la liquidación mensual de la distribución de ingresos coparticipables.
Que se conocen las cifras definitivas de los ingresos coparticipables correspondientes al mes de Noviembre de 2003.
Que en consecuencia, corresponde efectuar la liquidación definitiva de coparticipación a las Municipalidades de Ushuaia y Río Grande de los fondos que deben ser transferidos a los municipios, según lo pactado en el convenio registrado bajo el número 1121, ratificado por Decreto Pro-
vincial N 3134/93, de los Ingresos Coparticipables correspondientes al mes de Noviembre de 2003.
Que se coparticipó en forma automática según Ley Provincial N 568
artículo N 16 a la Municipalidad de Ushuaia la suma de PESOS TRES
MILLONES OCHENTA Y DOS
MIL QUINIENTOS SETENTA Y
TRES
CON
55/100
$
3.082.573,55, a la que se debe deducir la suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL
CUATROCIENTOS UNO CON 56/
100 $ 339.401,56 en concepto de descuento de la SEPTUAGÉSIMA
PRIMER cuota correspondiente al convenio N 3241, el importe de PESOS CIENTO VEINTINUEVE
MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 83/100 $
129.499,83 correspondiente al convenio N 3373 y la suma de DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO
MIL OCHOCIENTOS CON 19/
100 $ 288.800,19 en concepto de aportes patronales al I.P.A.U.S.S.
conforme artículo N 40 de la Ley Provincial N 534; y a la Municipalidad de Río Grande se coparticipó en forma automática la suma de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS
CON 31 / 100 $ 3.320.786,31, a la que se le debe deducir la suma de PESOS TREINTA Y UN MIL SE-
TECIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 14/100 $ 31.757,14 correspondiente al convenio N 3370, el importe de PESOS CIENTO UN
MIL TRESCIENTOS CINCUENTA CON 17/100 $ 101.350,17 por ajuste de recursos coparticipados conforme resolución M.E.O. y S.P. N
693/2003, el importe de PESOS DOSCIENTOS VEINTINUEVE MIL
DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 01/100 $ 229.294,01 correspondiente al Decreto Municipal R.G. N 1595/2003 y la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCO
MIL SEISCIENTOS TREINTA
CON 75/100 $ 305.630,75 en concepto de aportes patronales al I.P.A.U.S.S. conforme artículo N 40
de la Ley Provincial N 534.
Que corresponde liquidar a la Municipalidad de Ushuaia la suma de PESOS CUATRO MILLONES
CIENTO OCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO CON
70/100 $ 4.108.734,70 y efectuada la deducción dispuesta por el artículo N 16 de la Ley Provincial N
568 arroja un saldo neto de PESOS
CUATRO MILLONES CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE CON
78/100 $ 4.056.587,78, y a la Municipalidad de Río Grande la suma de PESOS CUATRO MILLONES
SEISCIENTOS CINCUENTA MIL
NOVECIENTOS CUARENTA
CON 75/100 $ 4.650.940,75 y efectuada la deducción dispuesta por el artículo N 16 de la Ley Provincial N 568 arroja un saldo neto de PESOS CUATRO MILLONES
QUINIENTOS OCHENTA MIL
OCHOCIENTOS VEINTISIETE
CON 97/100 $ 4.580.827,97.
Que de acuerdo a lo expuesto surge un saldo a favor de la Municipalidad de Río Grande de PESOS QUINIENTOS NOVENTA Y DOS MIL NUEVE CON 60/100 $ 592.009,60 y un saldo a favor de la Municipalidad de Ushuaia de PESOS DOSCIENTOS
DIECISÉIS MIL TRESCIENTOS
DOCE CON 65/100 $ 216.312,65, según detalle obrante en el Anexo I
del presente.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
DECRETA:
ARTICULO 1- Aprobar la liquidación definitiva por la suma de PESOS CUATRO MILLONES CIENTO OCHO MIL SETECIENTOS
TREINTA Y CUATRO CON 70/
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur y los Hielos Continentales, son y serán Argentinos"