Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 12/2/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Soria

Boletín Oficial de la Provincia de Soria
BOPSO-18-12022024

Núm. 18

Lunes, 12 de febrero de 2024

Pág. 534

el beneficiario estará obligado a pagar, sin perjuicio del pago de la tasa, el coste íntegro de los gastos de reparación o reconstrucción, o si fueren irreparables a su indemnización.
ARTÍCULO 9º.- INFRACCIONES Y SANCIONES.
En los casos de incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente Ordenanza, de acuerdo con lo previsto en el artículo 11 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se aplicará el régimen de infracciones y sanciones regulado en la Ley General Tributaria y en las disposiciones que la complementen y desarrollen.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza fiscal, aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el 16 de diciembre de 2023, entrará en vigor una vez que se haya publicado íntegramente el acuerdo definitivo y el texto de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia.
Espejón, 31 de enero de 2024. La Alcaldesa, Rosana Ovejero Gonzalo 318

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 12/2/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Soria

PaísEspaña

Fecha12/02/2024

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones2693

Primera edición04/05/2005

Ultima edición14/06/2024

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