Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 29/1/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Soria

Boletín Oficial de la Provincia de Soria Pág. 361

Lunes, 29 de enero de 2024

Núm. 12

MODELO DE ORDENANZA REGULADORA DE LA OCUPACIÓN DE LA VÍA
PÚBLICA CON MESAS, SILLAS Y OTROS ELEMENTOS MÓVILES
Este Ayuntamiento atendiendo al principio de autonomía local y las competencias que le corresponden conforme al artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, considera necesaria la regulación oportuna sobre la ocupación de la vía pública con mesas, sillas y otros elementos móviles.
La Ley 42/2010, de 30 de diciembre, por la que se modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, ha provocado la presentación de numerosas solicitudes de instalación de terrazas en la vía pública para hacer frente a las restricciones y perjuicios resultantes de su aplicación, lo que se ha convertido en una oportunidad para las Corporaciones Locales de regular, de una manera completa y detallada, el desarrollo de una actividad complementaria o anexa a los bares y cafeterías.
Conforme a lo anterior, conviene regular esta actividad aunque, sin embargo, otras son las circunstancias que llevan a ésta, como son el uso y disfrute de los ciudadanos del espacio público y el impulso de la actividad comercial, siempre respetando los intereses generales representados en el paisaje urbano, ornato público, salubridad, contaminación acústica, etc.
Frente a estos intereses particulares, para garantizar los intereses generales, se ha utilizado la potestad y discrecionalidad de la Administración al regular, de una manera estricta, los horarios, diseño del mobiliario, condiciones espaciales, técnicas, procedimiento sancionador Todo ello con el fin de que el ejercicio del derecho de utilización de la vía pública por todos los ciudadanos se produzca en plena armonía.
Todo ello viene a justificar la adecuación de la norma a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cumpliendo con ello la obligación de las Administraciones Públicas de actuar de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia.
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. Fundamento Legal y Objeto Esta Corporación, en uso de las competencias que le confiere el artículo 25.2.m de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, establece a través de esta Ordenanza la regulación de los aprovechamientos privativos o especiales de terrenos municipales de uso público mediante la instalación de mesas, sillas, sombrillas, toldos y demás bienes muebles que se autoricen con finalidad lucrativa en este término municipal.
ARTÍCULO 2. Ámbito de Aplicación.
La Presente Ordenanza se circunscribe al ámbito del término municipal de Ágreda.
ARTÍCULO 3. Solicitantes Podrán solicitar autorización para instalación de terrazas o veladores las personas físicas o jurídicas que cumplan los siguientes requisitos:
1. Ser titular de la licencia de apertura de un establecimiento destinado a la actividad de café, bar, restaurante, mesón, heladería o similar.
2. Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con este Ayuntamiento.

BOPSO-12-29012024

PREÁMBULO

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 29/1/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Soria

PaísEspaña

Fecha29/01/2024

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones2682

Primera edición04/05/2005

Ultima edición20/05/2024

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