Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 19/8/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Soria

Boletín oficial de la Provincia de soria Núm. 95

Miércoles, 19 de agosto de 2020

administración local
Pág. 1578

AY U N TA M I E N T O S

BOPSO-95-19082020

SORIA

Recaudación en periodo voluntario. Anuncio de cobranza se pone en conocimiento de los contribuyentes y demás interesados en general que desde el día 20 de agosto de 2020 y hasta el día 20 de octubre de 2020, ambos inclusive, tendrá lugar el cobro en periodo voluntario de los siguientes tributos correspondientes al ejercicio 2020:
imPUEsto soBrE BiEnEs inmUEBlEs dE natUralEZa UrBana Y dE caractErÍsticas EsPEcialEs Lugar de pago: El ingreso podrá efectuarse en cualquier oficina de las siguientes entidades colaboradoras: caja rural de soria, Unicaja Banco, Banco santander, Banco Bilbao Vizcaya argentaria, caixabank y Banco sabadell, aportando los recibos correspondientes.
Pago telematico de impuestos: los recibos podrán pagarse por internet a través del servicio de pago telemático de impuestos desde la página web del ayuntamiento de soria, en la dirección: http www.ayto-soria.org/. Para realizar este pago telemático se necesita:
- Estar en posesión de dni electrónico o certificado digital emitido por la Fábrica nacional de moneda y timbre.
- ser titular de una cuenta corriente en alguna de las siguientes entidades colaboradoras: Unicaja Banco, Banco Bilbao Vizcaya argentaria, caixabank.
los contribuyentes que no tengan domiciliado el pago recibirán los recibos en su domicilio fiscal para abonarlos en la forma, lugares y plazos anteriormente indicados.
de no recibir en su domicilio alguno de los recibos que debiera pagar, podrá solicitar la expedición de un duplicado en cualquiera de las oficinas de caja rural de soria.
a los contribuyentes que sí tengan domiciliado el pago de estos recibos, les será cargado en su cuenta de domiciliación el importe de los mismos.
transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario sin que la deuda haya sido satisfecha, se iniciará el periodo ejecutivo, exigiéndose las deudas por el procedimiento de apremio y se devengarán los recargos del periodo ejecutivo y los intereses de demora en los términos de los artículos 26 y 28 de la ley General tributaria ley 58/2003, de 17 de diciembre y, en su caso, las costas que se produzcan.
Para cualquier aclaración pueden ponerse en contacto con el ayuntamiento de soria, en horario de 9 a 14 horas:
sobre datos de los recibos, como titularidad, n.i.F., importe, ejercicio, etc con la oficina de Gestión tributaria: tlf. 975 234 161 / 162
sobre el pago, con la oficina de recaudación, tlf.: 975 234 104 - 105.
soria, 12 de agosto de 2020. El alcalde, carlos martínez mínguez.
1559

ADRADAS

la corporación de adradas reunida en sesión extraordinaria celebrada el día 6 de agosto de 2020 acordó la aprobación del proyecto de obra núm. 3 del Plan diputación 2020, denominada

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 19/8/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Soria

PaísEspaña

Fecha19/08/2020

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones2674

Primera edición04/05/2005

Ultima edición30/04/2024

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