Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 10/8/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Soria

Boletín oficial de la Provincia de soria Lunes, 10 de agosto de 2020

Núm. 91

SEGUNDO.- Proyectos financiables y límites cuantitativos.
se financiarán exclusivamente ayudas para proyectos de desarrollo, con una dotación presupuestaria de 142.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 20 01 231 48902 del Presupuesto General municipal.
TERCERO.- Entidades solicitantes.
Podrán acogerse a esta convocatoria las onGd que cumplan los requisitos de la Base tercera.
CUARTO.- Requisitos de los proyectos.
los proyectos presentados deberán cumplir los requisitos establecidos en la Base cuarta.
cada onGd podrá presentar un único proyecto.
QUINTO.- Plazo de presentación de las solicitudes.
los interesados podrán solicitar las ayudas convocadas en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, debiendo presentar por vía telemática a través de la sede electrónica del ayuntamiento de soria, https soria.sedelectronica.es/info.1, trámite de subvenciones destinadas a la ayuda y cooperacion a regiones o paises en vías de desarrollo 2020, toda la documentación.
SEXTO.- Compatibilidad de las subvenciones.
las subvenciones concedidas al amparo de esta convocatoria, podrán financiar un máximo del 80% del coste total del proyecto, siendo compatibles con otras ayudas para la misma finalidad, siempre que el importe de las mismas no supere el coste total del proyecto de inversión.
SÉPTIMO.- Aceptación de la subvención.
la aceptación de la subvención concedida deberá ser comunicada al ayuntamiento de soria en el plazo de quince días desde la recepción de la notificación de la resolución a los interesados, mediante la firma del documento de aceptación elaborado al efecto.
OCTAVO.- Abono de las subvenciones.
se hará en un único desembolso, quedando obligada la entidad subvencionada a presentar informes semestrales de campo y financieros sobre el desarrollo del proyecto, y un informe final y justificación de la subvención al terminar el mismo.
NOVENO.- Publicidad de los proyectos.
las onGd, así como los proyectos por ellas presentados y que resulten beneficiarios de la presente convocatoria de subvenciones, están obligados a reflejar en cuantas actividades de difusión y/o publicación realicen, esta circunstancia, debiendo plasmar la marca y símbolo institucional del ayuntamiento de soria.
DÉCIMO.- Incumplimiento.
El incumplimiento de lo estipulado en las presentes bases determinará la inhabilitación de la onGd para poder acceder a nuevas convocatorias de subvenciones en materia de cooperación al desarrollo realizadas por el ayuntamiento de soria, así como la obligación de proceder a la devolución del importe de la subvención.
UNDÉCIMO.- Otros datos.
los anexos y demás documentación correspondiente a la presente convocatoria estarán a disposición de los interesados en la sede electrónica del ayuntamiento de soria.
soria, 14 de julio de 2020. El alcalde, carlos martínez mínguez.
1404a
BOPSO-91-10082020

Pág. 1375

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 10/8/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Soria

PaísEspaña

Fecha10/08/2020

Nro. de páginas48

Nro. de ediciones2675

Primera edición04/05/2005

Ultima edición03/05/2024

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