Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 15/6/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Soria

Boletín Oficial de la Provincia de Soria Lunes, 15 de junio de 2020

Núm. 68

DESARROLLO ECONÓMICO Y TURISMO

EXTRACTO del acuerdo de Junta de Gobierno de 1 de junio de 2020 por el que se convocan subvenciones destinadas a financiar proyectos de emprendimiento y modernización empresarial, convocatoria 2020, anualidad Plan Soria 2018.
de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones http www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index:
Primero. Beneficiarios.
son beneficiarias las personas físicas o jurídicas incluidas comunidades de bienes y sociedades civiles cuyo domicilio fiscal esté ubicado en cualquier localidad de la provincia de soria, excluida la capital, que realicen inversiones productivas en los plazos determinados en la base sexta de esta convocatoria.
Quedan expresamente excluidos de la presente convocatoria aquellas personas físicas o jurídicas que hubieran recibido subvención en las anteriores convocatorias de economía social, Boletín Oficial de la Provincia Soria números 4, de 10 de enero de 2018, 147, de 26 de diciembre de 2018 y 138, de 2 de diciembre de 2019.
Quedan igualmente excluidos, aquellos agricultores que no lo sean a título principal, conforme a la redacción de la ley 19/95, de 4 de julio, de modernización de las explotaciones agrarias y a la ley 1/14, de 19 de marzo, agraria de castilla y león.
En el caso de personas jurídicas, se entenderá que cumplen el requisito de dedicación a título principal cuando:
- al menos el 50% de los socios tengan tal consideración individualmente o, - al menos el 50% del capital social pertenezca a socios que tengan tal consideración.
no podrán ser beneficiarios de la presente convocatoria los administradores de las personas jurídicas que soliciten subvención, siempre que la lo sea para actividades del mismo Grupo de cnaE.
Segundo. Objeto.
El objeto de la convocatoria es apoyar la puesta en marcha de actividades empresariales y la modernización de las existentes mediante la cofinanciación de las inversiones necesarias para el arranque o modernización de la actividad empresarial.
Tercero. Bases reguladoras.
ordenanza General reguladora de la concesión de subvenciones por la diputación de soria Boletín Oficial de la Provincia nº 147 de 23 de diciembre de 2009.
http www.dipsoria.es/sites/dipsoria/files/public/paginas/archivos/ordenanza_general_reguladora_de_la_concesion_de_subvenciones.pdf.
Cuarto. Cuantía.
la corporación Provincial destinará la asignación de 500.00,00 €. El porcentaje máximo de la ayuda no podrá superar el 40% de los gastos elegibles justificados con una cantidad máxima absoluta de 12.000,00 € por beneficiario.
Quinta. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes se establece desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y finalizará a las 14 horas del décimo día hábil siguiente a la publicación el extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria.

BOPSO-68-15062020

Pág. 899

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 15/6/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Soria

PaísEspaña

Fecha15/06/2020

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones2673

Primera edición04/05/2005

Ultima edición29/04/2024

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