Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 24/1/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Soria

Boletín Oficial de la Provincia de Soria Viernes, 24 de enero de 2020

Núm. 9

2
ENERGIA ELECTRICA 221165
4.000,00
7.000,00
2 SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES
1.000,00
1800,00
2 PRIMAS DE SEGUROS
2.500,00
3.400,00
2 TRIBUTOS
55.000,00
62.100,00
2 JURlDICOS Y CONTENCIOSOS
500,00
5.500,00
2 ACT.CULTURALES Y DEPORTIVAS
38.000,00
48.000,00
2 GASTOS DIVERSOS
1.500,00
3.300.00
2 DE LOS MIEMBROS ORGANISMOS DE GOB
1.000,00
4 .500,00
4 TRANSF CORRIENTE CCAA
6.500,00
9.000.00
CRÉDITO EXTRAORDINARIO-Presupuesto de Gastos Capítulo Descripción Consignación Consignación Inicial Definitiva 6
OTRAS INVERS REPOSICION INFRAEST
0,00
100.000,00
6 TERRENOS Y BB NATURALES
0.00
46.000,00
6 MOBILIARIO
0.00
2.500,00
TOTAL GASTOS
148.500,00
Presupuesto de Ingresos Capítulo Descripción Consignación Consignación Inicial Definitiva 8
Apl Fin Supl. créditos 813.425,89
596.325,89
Contra el presente Acuerdo en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí solo la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Velamazán, 13 de enero de 2020. El Alcalde, Víctor Sobrino Santacruz.
65

VIANA DE DUERO

Transcurrido el plazo de información pública de 30 días hábiles, del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, del día 13 de noviembre de 2019, sobre modificación del art. 7 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre bienes inmuebles, sin que se haya producido ninguna alegación, el cual queda elevado a definitivo de la forma siguiente:
Artículo 7º.Los tipos de gravamen, teniendo en cuenta los establecidos en el art. 73.1 y 2 y en uso de las facultades que se confiere a los Ayuntamientos quedan fijados en los siguientes porcentajes totales:
Bienes inmuebles de naturaleza rústica 0,50 %.
Bienes inmuebles de naturaleza urbana 0,40%.
Bienes inmuebles de características especiales 1,3%.
Viana de Duero, 15 de enero de 2020. El Alcalde, Esteban Garijo Lapeña.
73a
BOPSO-9-24012020

Pág. 95

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 24/1/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Soria

PaísEspaña

Fecha24/01/2020

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones2672

Primera edición04/05/2005

Ultima edición26/04/2024

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