Inicio » Diarios y Boletines Oficiales » Soria » Boletín Oficial de la Provincia de Soria » 13/12/2019
Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 13/12/2019
Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Soria
Boletín Oficial de la Provincia de Soria Viernes, 13 de diciembre de 2019
Núm. 141
ordEnanZa Fiscal rEGUladora dEl imPUEsto soBrE VEHÍcUlos dE tracción mEcÁnica Artículo 5.- Cuota.
5.1.- las cuotas para cada clase de vehículos se fijan en:
Potencia y clase de vehículo cuota VEHÍcUlos dE tracción mEcÁnica Turismos de menos de 8 caballos fiscales: 12,62
de 8 hasta 11,99 caballos fiscales: 34,08
de 12 hasta 15,99 caballos fiscales: 71,94
de 16 hasta 19,99 caballos fiscales: 89,61
de 20 caballos fiscales en adelante: 112,00
Autobuses de menos de 21 plazas: 83,30
de 21 a 50 plazas: 118,64
de más de 50 plazas: 148,30
Camiones de menos de 1.000 kg de carga útil: 42,28
de 1.000 a 2.999 kg de carga útil: 83,30
de 3.000 a 9.999 kg de carga útil: 118,64
de más de 9.999 kg de carga útil: 148,30
Tractores de menos de 16 caballos fiscales: 17,67
de 16 a 25 caballos fiscales: 27,77
de más de 25 caballos fiscales: 83,30
Remolques de menos de 1.000 y más de 750 kg de carga útil: 17,67
de 1.000 a 2.999 kg de carga útil: 27,77
de más de 2.999 kg de carga útil: 83,30
Otros vehículos ciclomotores: 4,42
motocicletas hasta 125 c.c.: 4,42
motocicletas de más de 125 c.c. hasta 250 c.c.: 7,57
motocicletas de más de 250 c.c. hasta 500 c.c.: 15,15
motocicletas de más de 500 c.c. hasta 1.000 c.c.: 30,29
motocicletas de más de 1.000 c.c. 60,58
Estos coeficientes se aplicarán, en todo caso, sobre las cuotas modificadas por la ley de Presupuestos Generales del Estado.
BOPSO-141-13122019
Pág. 2417