Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 21/1/2019

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Soria

Boletín Oficial de la Provincia de Soria Núm. 08

Lunes, 21 de enero de 2019

Pág. 284

BOPSO-08-21012019

dido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
Villar del Ala, 11 de enero de 2019. El Alcalde, José Tierno Ojuel.
50
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 12 de diciembre de 2018, sobre concesión de créditos financiado con cargo a mayores ingresos como sigue a continuación:
Suplemento en aplicaciones de Gastos Aplicación Descripción Créditos Modificación Créditos Progr. Económica iniciales de crédito finales 920
22699
Act. Culturales 5.500
800
6.300
920
22000
Oficina 600
300
900
165
22100
Suministros 4.800
500
5.300
TOTAL
1.600
Esta modificación se financia con cargo a mayores ingresos, en los siguientes términos:
Suplemento en concepto de ingresos Aplicación: económica Descripción Presupuestado Recaudado Cap. Art. Conc.
2 29 290
ICIO
2.000
3.600
TOTAL INGRESOS
3.600
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a y b, del Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, desarrollado por Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, que son los siguientes:
a El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b La insuficiencia del saldo de crédito no comprometido en la partida correspondiente, que deberá verificarse en el nivel en que este establecida la vinculación jurídica.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Villar del Ala, 11 de enero de 2019. El Alcalde, José Tierno Ojuel.
54
Administración: Excma. Diputación Provincial de Soria - Maqueta: Imprenta Provincial - D.L.: SO 1/1958

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 21/1/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Soria

PaísEspaña

Fecha21/01/2019

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones2679

Primera edición04/05/2005

Ultima edición13/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Enero 2019>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031