Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 30/5/2016

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Soria

Boletín oficial de la Provincia de soria Lunes, 30 de Mayo de 2016

Núm. 61

Preliminar. Justificación se crean las presentes ayudas económicas con el objeto de contribuir a la mejora de la imagen, la accesibilidad, la sostenibilidad y el ahorro energético a través de la implantación de nuevas medidas o equipos, y en definitiva, con el objeto de promover mejoras que ayuden a las pequeñas empresas a incrementar su productividad y competitividad Art. 1. Objeto, ámbito de aplicación y vigencia El objeto de las presentes Bases reguladoras es regular las condiciones y procedimientos para la concesión de subvenciones por parte del ayuntamiento de soria, destinadas a financiar las medidas dirigidas a la mejora de la imagen, la accesibilidad, la sostenibilidad y el ahorro energético de las microempresas que desarrollen su actividad empresarial o profesional en el término municipal.
la vigencia de las bases será hasta que se resuelva la convocatoria del presente año.
Art. 2. Requisitos a cumplir por los beneficiarios de las subvenciones 1. será requisito imprescindible tener un inmueble afecto a la actividad. dicho inmueble oficina, bajo, local, etc. donde se realice la actividad debe estar ubicado en el término municipal de soria y tendrá entidad independiente, no pudiendo ser parte de una vivienda familiar o espacio compartido con otra empresa preexistente.
2. las empresas beneficiarias deberán llevar desarrollando actividad de atención al público de manera continuada durante al menos un año en la fecha de presentación de la solicitud. a estos efectos la fecha que se tendrá en cuenta es la de la presentación en el registro administrativo de la comunicación de inicio de actividad o declaración responsable de inicio de actividad, en su caso.
3. Quedan excluidas las empresas que ocupen el Vivero de empresas, las naves nidos del Polígono industrial de Valcorba, así como otras que ocupen otro tipo de instalaciones o dependencias municipales.
4. se considera microempresa, a efectos de estas bases aquellas con menos de 10 trabajadores en la misma actividad para la que se realiza la solicitud.
5. se deberá mantener la misma actividad durante un período mínimo de 1 año desde el momento de la ejecución de la inversión subvencionada. Para ello, junto con la solicitud se autorizará a este ayuntamiento a realizar las comprobaciones pertinentes.
Art. 3. Convocatoria 1. la convocatoria será anual y única e indicará la disponibilidad presupuestaria, la partida consignada a este objeto, el plazo de presentación de solicitudes, el modelo de solicitud y los plazos de resolución, ejecución y justificación.
2. la convocatoria será aprobada por la Junta de Gobierno y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia.
Art. 4. Plazos serán los establecidos en la convocatoria que se apruebe en las condiciones descritas en el apartado anterior.
Art. 5. Solicitudes y documentación las solicitudes se presentarán dentro del plazo delimitado en la convocatoria a través del registro General del ayuntamiento de soria en modelo normalizado acompañando la siguiente documentación, en original o en fotocopia compulsada:

BOPSO-61-30052016

Pág. 1533

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 30/5/2016

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Soria

PaísEspaña

Fecha30/05/2016

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones2675

Primera edición04/05/2005

Ultima edición03/05/2024

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