Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 13/5/2016

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Soria

BOPSO-54-13052016

Núm. 54

Boletín Oficial de la Provincia de Soria Viernes, 13 de Mayo de 2016

Pág. 1384

antecedentes de HecHo Primero.- en este Juzgado de lo social se siguen autos nº 741/2015, a instancia de dña.
Ángela rosa Villarreal Fuentes y d. macario moreno de matías, frente a de miguel la Fuente soto asociados s.l., mevion technology, s.l. y FoGasa, sobre resolución contrato, con entrada en fecha 08/07/2015 .
seGUndo.- en el Juzgado de lo social nº 28 de madrid, se siguen autos no 943/2015 y 944/2015, a instancia de d. macario moreno de matías y d Ángela rosa Villarreal Fuentes frente a FoGasa, mevion technology, s.l. y de miguel la Fuente soto asociados s.l., sobre despido, con entrada en fecha 3/09/2015.
tercero.- Por la parte demandante en los autos nº 741/2015 se ha solicitado la acumulación de los procedimientos referidos.
FUndamentos JUrÍdicos Primero.- como dispone el artículo 32.1 de la ley reguladora de la Jurisdicción social lrJs cuando el trabajador formule por separado demandas por alguna de las causas previstas en el art. 50 del texto refundido de la ley del estatuto de los trabajadores y por despido, la demanda que se promueva posteriormente se acumulará a la primera, debiendo debatirse todas las cuestiones planteadas en un solo juicio; debiendo el trabajador hacer constar en la segunda demanda la pendencia del primer proceso y el Juzgado que conoce del asunto.
seGUndo.- en el presente supuesto y como ha quedado expuesto en los antecedentes de hecho, concurren en los procedimientos mencionados los requisitos expresados en la norma sobre las partes intervinientes y el contenido de las demandas, siendo susceptible de acumulación la pretensión ejercitada en todos ellos, razón por la que resulta procedente hacer uso de la facultad expresada.
tercero.- dispone a su vez el artículo 35 de la lrJs que la acumulación de los autos, cuando proceda, producirá el efecto de discutirse conjuntamente, y dirimirse en una sola resolución todas las cuestiones planteadas.
Parte disPositiVa se acUerda la acumulación a los presentes autos nº 741/2015, de los que se siguen en el Juzgado de lo social nº 28 de madrid, con los números 943/2015 y 944/2015 discutiéndose en un solo proceso y decidiéndose en una sola resolución las cuestiones planteadas en todos ellos.
remÍtase oficio al referido Juzgado comunicándole la presente resolución, enviando testimonio de la misma y reclamándole la inmediata remisión de los autos acumulados.
notifíquese esta resolución a las partes.
modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los 3 días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la seguridad social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad Banco de santander número de cuenta 2511-0000-61-0741-15.
así, por éste su auto, lo acuerda, manda y firma, el ilmo. sr. magistrado-Juez, d. Ángel Juan alonso Boggiero.
diligencia: seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 l.r.J.s. doy fe.
madrid, 27 de abril de 2016. la letrada, maría isabel tirado Gutiérrez.
1237
Administración: Excma. Diputación Provincial de Soria - Maqueta: Imprenta Provincial - D.L.: SO 1/1958

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 13/5/2016

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Soria

PaísEspaña

Fecha13/05/2016

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones2676

Primera edición04/05/2005

Ultima edición06/05/2024

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