Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 3/7/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de San Juan

Boletín Oficial
Fdo. Dr. Guillermo Horacio De Sanctis Presidente Dr. Ángel Humberto Medina Palá Ministro Dra. Adriana Verónica Garcia Nieto Ministra Dr. Eugenio Roberto Barbera Juez de Cámara Dr. Juan Carlos Caballero Vidal Juez de Cámara Dr. Eduardo Quattropani Fiscal General de la Corte de Justicia Dr. Javier Vera Frassinelli Secretario Administrativo Corte de Justicia N 3412 Julio 03. Eximido.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA
SAN JUAN
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESOLUCIÓN Nº 1037 -DGR/2019.SAN JUAN, 01 Julio de 2019
VISTO:
El Expediente Nº 0702-000035-2019, registro de la Dirección General de Rentas, lo dispuesto por las Leyes Nº 1.868-I y Nº 151-I - Código Tributario y sus modificatorias, la Resolución Nº 0122-DGR-2019; y, CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 151-I - Código Tributario, faculta al Director General de Rentas para dictar las normas necesaria para el cumplimiento de los deberes y atribuciones específicas de la Dirección General de Rentas.
Que el Artículo 2º de la Ley Nº 1.868-I introdujo modificaciones al Artículo 111º de la Nº 151-I.
Que el Artículo 14º de la Ley Nº 1.868-I faculta al Director General de Rentas para fijar la fecha de entrada en vigencia de las disposiciones contenidas en el párrafo segundo a quinto del Artículo 111º de la Ley Nº 151-I.
Que por Resolución Nº 0122-DGR-2019 se dispuso como fecha de entrada en vigencia de las disposiciones del párrafo 2º a 5º del Artículo 111º de la Ley Nº 151-I el 1 de Mayo de 2019.

San Juan, Miércoles 3 de Julio de 2019

Que a la fecha de la presente Resolución no han podido ser implementados y/o adecuados los sistemas para la puesta en vigencia de lo dispuesto en la Resolución Nº 122-DGR2019, motivo por el cual se dispuso como fecha de entrada en vigencia de la misma el día uno 01 de Septiembre de 2019.
Que Asesoría Letrada de la Dirección General de Rentas, no efectuando objeción legal conforme Dictamen Nº 29/2019, obrante a fs. 3 del Expte de visto.
POR ELLO:
EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR el artículo 1º de la Resolución Nº 0575-DGR-2019, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 1º: FIJAR como fecha de entrada en vigencia de las disposiciones de los párrafos 2º a 5º del Artículo 111º de la Ley Nº 151-I, el día uno 01 de Septiembre de 2019.
ARTÍCULO 2º.- NOTIFICAR, publicar por un 1 día en el Boletín Oficial, cumplir y archivar.
Cta. Cte. 16.214 Julio 03. $ 470.-

EDICTO DE MINA
EXPTE. N 1124-278-I-17.La Manifestación Registrada Catastralmente: Departamento de Caucete tomando como punto de referencia las coordenadas Y= 2.633.034,50 X= 6.571.646,08 determinando, así el lugar de extracción de muestras LEM.
PLANILLAS DE COORDENADAS
GAUSS KRUGER PGA 94
VÉRTICES
PLANAS X
PLANAS Y
L.E.M.
6.571.646,08
2.633.034,50
V1
6.575.233,13
2.630.771,46
V2
6.575.233,13
2.643.909,98
V3
6.569.994,00
2.643.909,98
V4
6.569.994,00
2.630.771,46
SUPERFICIE: 6.883,44 has.
OBSERVACIONES. Se cumple en informar, que la manifestación de descubrimiento tramitada en autos, se superpone de forma parcial al permiso de Exploración Expte.
N 1124408-L-2014 y a la manifestación de Descubrimiento LAS BRAMAS", Expte. Nº 648-F-1997, debe respetar las Minas, "ENRIQUE CHICO I, II, III, IV Y V", Expte. N 374-P-1948 y "LUIS I, II, III, IV Y V", Expte.
N 373-P-1948.

Pág. 194.557

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 3/7/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de San Juan

PaísArgentina

Fecha03/07/2019

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones1765

Primera edición17/05/2016

Ultima edición18/06/2024

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