Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca del 5/4/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca

N.º 67 Viernes 5 de abril de 2024

Pág. 46
Los niños de 0 a 4 años no computan como miembro de la unidad familiar en los abonos familiares.

I. Administración Central
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

CUARTO Expedición de entradas y abonos
Confederación Hidrográfica del Duero O.A.

1. Para la solicitud de abonos familiares será necesario aportar la debida documentación que acredite la condición de unidad familiar.Comisaría de Aguas Anuncio-Información pública.
2. En el caso de que la unidad familiar este integrada por algún familiar en situación de dependencia recogido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia a cargo de padre/madre o tutor legal de la unidad familiar se deberá acreditar debidamente dicha situación.
3. Para ser beneficiario del abono reducido el solicitante deberá acreditar debidamente la condición de empadronado o contribuyente.
4. Los abonos generales y las entradas se despacharán en horario de apertura de las piscinas municipales en la taquilla de las mismas.
5. Los abonos reducidos y los abonos especiales para alojamientos de turismo rural se solicitarán y expedirán únicamente de manera presencial en las dependencias municipales durante el horario de Atención al Ciudadano martes de 11:00 a 14:00 y jueves de 11:30 a 13:00.
DISPOSICIÓN FINAL.
El presente acuerdo tendrá vigencia desde el día 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024, dándose al mismo la oportuna difusión, sin perjuicio de la publicidad legalmente preceptiva.
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.
Las referencias a personas, colectivos o cargos públicos que figuren en el presente acuerdo en género masculino se entenderán realizadas y se utilizarán como género gramatical no marcado.
Cuando proceda, será válida la cita de los artículos correspondientes en género femenino.
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA.
El tratamiento de los datos de carácter personal que se el Excmo. Ayuntamiento de Vega de Tirados recabe se ajustará a los principios y obligaciones establecidos en el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 RGDP, relativo a la protección de las personas físicas con respecto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de dichos datos, y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE. Ley Orgánica 3/2018, del 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos.
Contra el presente acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Salamanca , en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Vega de Tirados, a 2 de abril de 2024.El alcalde, Javier Calvo Santiago.

BOP-SA-20240405-014
CVE: BOP-SA-20240405-000

https sede.diputaciondesalamanca.gob.es/BOP/

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SALAMANCA

D.L.: S 1-1958

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca del 5/4/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Salamanca

PaísEspaña

Fecha05/04/2024

Nro. de páginas49

Nro. de ediciones2965

Primera edición11/06/2012

Ultima edición21/05/2024

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