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Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca del 30/7/2021
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca
N.º 146 Viernes 30 de Julio de 2021
Pág. 28
IV. Administración Local AYUNTAMIENTOS
Villavieja de Yeltes Resolución de Alcaldía de delegación de competencia para autorizar matrimonio civil.
Jorge Rodríguez Martín, Alcalde del Ayuntamiento de Villavieja de Yeltes, mediante el presente documento y atendiendo a la solicitud del Concejal del Ayuntamiento de Villavieja de Yeltes, el Sr. Iván de Arco Santiago, de autorizar el matrimonio civil entre Doña MARÍA ISABEL VIDAL
MORENO DE VEGA y Don ERIC IRIBARREN LASCONATEGUI, atendiendo a las siguientes consideraciones jurídicas:
Primera. El artículo 51.1 del Código Civil prevé que será competente para autorizar el matrimonio civil: El Juez encargado del Registro Civil y el Alcalde del Municipio donde se celebre el matrimonio o Concejal en quien este delegue.
A nivel Municipal, es frecuente que el Alcalde delegue la competencia para autorizar matrimonio civil a uno o varios de los Concejales de la Corporación.
Segunda. El artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, establece que el Alcalde podrá delegar en los demás Concejales mediante Decreto Resolución las competencias que se citan en el apartados de dicho artículo, entre las que se encuentran, las demás que le atribuyan expresamente la Leyes y aquellas que la Legislación del Estado o de las comunidades autónomas asignen al Municipio y no se atribuyan expresamente a otros órganos Municipales.
La delegación conferida en la Resolución requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante el Alcalde expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta Resolución.
En este sentido, el punto cuarto de la Instrucción de 26 de enero de 1995, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, establece que, esta delegación deberá estar documentada previamente, bastando con que en el acta de autorización del matrimonio se haga constar que el Concejal ha actuado por delegación del Alcalde.
De conformidad con estos antecedentes jurídicos, RESUELVO:
Delegar la competencia para autorizar el matrimonio civil entre Doña MARÍA ISABEL VIDAL
MORENO DE VEGA y Don ERIC IRIBARREN LASCONATEGUI, en Iván de Arco Santiago En Villavieja de Yeltes, a 29 de junio de 2021.
CVE: BOP-SA-20210730-008
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