Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca del 28/5/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca

N.º 101 Jueves 28 de Mayo de 2020
Pág. 11
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- La vigencia del principio acusatorio en cualquier clase de proceso penal, ha sido reiteradamente señalada por el Tribunal Constitucional, entre otras en SSTC 5711987 y 115/1994, señalando en ésta última concretamente, tras poner de manifiesto las características del proceso por faltas: su menor formalismo, la simplicidad, la venialidad de las penas, que debe existir "acusación exteriorizada y explícita" que posibilite la defensa del inculpado, quedando así proscrita la posibilidad de una acusación tácita o implícita debiendo existir petición de condena por alguna de las partes legitimadas para ello STS de 5-11-1990, y en similar sentido la STC
230/1997 de 16-12-1997 expone que no es admisible, en ninguna de las instancias del juicio de faltas hoy por delito leve la acusación implícita, que vulneraría las garantías del principio acusatorio, siendo inaceptable prescindir de la exigencia formal de acusación.
Por tanto, y aplicando la doctrina anterior, el Juez no puede dictar sentencia condenatoria, pronunciando el reproche que ello implica por incardinación de conducta en tipo penal, sin que otro sujeto hábil para el ejercicio de la acción penal lo pretenda en el momento procesal oportuno, que no es otro que el de la vista oral, de tal forma que, en el presente caso no interesando la condena el Ministerio Fiscal, única acusación personada, se impone el dictado de una sentencia absolutoria.
FALLO
Que DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO libremente y con todos los pronunciamientos favorables a D. ANTONIO ESTEBAN MATE del delito leve por el que venía denunciado, sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.
Notifíquese la presente resolución, haciendo saber a las partes que no es firme y que contra ella cabe interponer por escrito en este Juzgado recurso de apelación, en el plazo de cinco días a partir de su notificación, del cual conocerá la Audiencia Provincial de Salamanca.
lnclúyase la presente en el libro de sentencias, poniendo en las actuaciones certificación de la misma.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a ANTONIO ESTEBAN MATE, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expido a presente en Salamanca a doce de mayo de dos mil veinte.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

CVE: BOP-SA-20200528-008

https sede.diputaciondesalamanca.gob.es/BOP/

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SALAMANCA

D.L.: S 1-1958

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca del 28/5/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Salamanca

PaísEspaña

Fecha28/05/2020

Nro. de páginas13

Nro. de ediciones2952

Primera edición11/06/2012

Ultima edición02/05/2024

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