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Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca del 23/12/2019
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca
N.º 243 Lunes 23 de Diciembre de 2019
Pág. 58
tucionales, estarán exentos de la obligación de constituir los depósitos, cauciones, consignaciones o cualquier otro tipo de garantía previsto en las leyes. Los sindicatos y quienes tuvieren reconocido el beneficio de justicia gratuita quedarán exentos de constituir el depósito referido y las consignaciones que para recurrir vienen exigidas en esta Ley.
ADVERTENCIA: EN CASO DE QUE TUVIERAN QUE INGRESAR ALGUNA CANTIDAD:
1.- EN EFECTIVO: BANCO SANTANDER; Nº CUENTA EXPEDIENTE:
3703/0000/65/0526/19
2.- Ó POR TRANSFERENCIA:
Clave entidad
Clave sucursal
D.C
Número de cuenta
0049
3569
92
0005001274
I.B.A.N.: IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274
Ordinal Bancario para documentos contables: 001
En el campo ORDENANTE deberá contener como mínimo el nombre de la persona física o jurídica obligada a hacer el ingreso y si es posible el NIF/CIF de la misma.
En el campo BENEFICIARIO: JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE SALAMANCA.
En el concepto de la transferencia los 16 dígitos que corresponden a la cuenta del expediente en un solo bloque separado de lo que se ponga en el resto del campo por espacios indicados en el apartado 1 para ingresos en efectivo.
Si no se consignan estos 16 dígitos o se escriben erróneamente, la transferencia será repelida por imposibilidad de identificación del expediente judicial y será devuelta a origen.
- Si se tiene cuenta en Banco Santander, se puede utilizar la Banca Online Supernet por Internet WWW.bancosantander.es accediendo a la opción Consignaciones Judiciales.
- Para grandes empresas, se recomienda contactar con la entidad bancaria ya que tiene definido un procedimiento que facilita las transferencias masivas Inspirado en el Cuaderno 34
de la AEB.
Así por esta mi sentencia de la que se llevará certificación a los autos de que dimana, definitivamente juzgado en la instancia, la pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a EL CHARRO LIGRIMO SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de SALAMANCA.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En SALAMANCA, a veintiocho de noviembre de dos mil diecinueve.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
CVE: BOP-SA-20191223-023
https sede.diputaciondesalamanca.gob.es/BOP/
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SALAMANCA
D.L.: S 1-1958