Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 16/6/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

Neuquén, 16 de junio de 2023

BOLETÍN OFICIAL

PÁGINA 71

Que la competencia es Municipal, conforme artículo 289 de la Constitución Provincial. Al momento de la entrega era normativa aplicable la ORDENANZA 1373/12. Tratándose de una TENENCIA PRECARIA las obligaciones eran ocupar y edificar en el plazo de UN AÑO.
Que el terreno le fue dado el 06/06/2016 por lo tanto el plazo primigenio feneció el 06/06/2017; se le caduco lo que luego fue revocado y se le intimó por seis meses siendo notificado en 15/10/2020. A la fecha el lote sigue sin edificar ni ocupar.
Que debe evaluarse la situación conforme la Ordenanza 1373/12 que dice:
ARTICULO Nº 28: Las obligaciones de los beneficiarios de estos lotes son:
a Pagar el precio de la tierra, incluyendo el valor de inspección y mensura, establecido por la administración; b Edificar la construcción acorde al destino para el cual solicitó la tierra vivienda, comercio u otro permitido por el Código de Planeamiento Urbano rural y ambiental-, en el plazo de doce meses desde la toma de posesión material del lote, instrumentada con el acta de entrega.
ARTICULO Nº 15: El incumplimiento de las obligaciones de esta Ordenanza, además de generar la caducidad de los derechos del administrado sobre el lote, devengará la perdida de las sumas abonadas y las mejoras introducidas. ARTICULO Nº 20: Al tenedor precario le está prohibido vender el lote.
Podrá enajenar las mejoras introducidas, solo previa autorización estatal, si se encuentra libre deuda frente a la administración y a una persona que reúna las condiciones mencionadas anteriormente para acceder a un lote fiscal.
ARTICULO Nº 25: Declárense inexistentes e inoponibles las ventas, cesiones o todo acto donde un tenedor precario traspase un lote fiscal a otra persona sin autorización previa. En este caso el Municipio revocará toda tenencia y procederá a recuperar el lote por los medios correspondientes, con pérdida de todas las mejoras que se hubieren introducido.
QUE POR ELLO, EN USO DE LAS FACULTADES DELEGADAS POR LA
SRA. INTENDENTA, LA SECRETARIA DE DESARROLLO TERRITORIAL, SRA. ISABEL MARCELA SAEZ
RESUELVE:
ARTICULO NRO. 1: DECLARAR la caducidad de los derechos sobre el lote 06 manzana ZC, a Cesar Julio Rubio DNI 20.336.362, con domicilio en calle Salta 241 de la ciudad de Rincón de los Sauces, por no terminar una edificación dentro del plazo legal por el que fuera intimado conforme Ordenanza 1373.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 16/6/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaísArgentina

Fecha16/06/2023

Nro. de páginas104

Nro. de ediciones1313

Primera edición12/01/2001

Ultima edición14/05/2024

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