Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 26/2/2016

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

Neuquén, 26 de Febrero de 2016

BOLETIN OFICIAL

veintidós mil pesos y el Sr. Gustavo Rafael Álvarez, con el 32,35% del capital social, equivalente a 220 cuotas correspondientes a la suma de $22.000 veintidós mil pesos. Cláusula Quinta:
Dirección, Representación y Administración: La administración, representación y uso de la firma social, estará a cargo de un Gerente, quien tendrá las más amplias facultades a tal efecto. En tal carácter tiene todas las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad, inclusive los previstos en los Artículos 1881 del Código Civil y 9º del Decreto Ley 5965/63. También podrá firmar contratos y operar con cualquier entidad bancaria y/o financiera, sean éstas de carácter oficial, mixta o privada, con la única limitación de no comprometer a la sociedad en operaciones ajenas del objeto social, como así tampoco dar garantías, fianzas o aval de obligaciones a terceros. Se establece un seguro de caución por pesos $10.000 diez mil, en carácter de garantía que deberá prestar el Gerente por el desempeño de su cargo, conforme lo dispuesto por el Art. 256 de la Ley Nacional 19550, aplicable por remisión del Artículo 157 de dicha norma legal a favor de la sociedad. Enterados del contenido de la presente, manifiestan su conformidad y aceptación agregando que se obligan al cumplimiento de todo lo pactado. Asimismo en este acto los socios resuelven por unanimidad y de conformidad designar como Gerente al Sr. Julián Inda, titular del Documento de Identidad Nº 26.357.169, quien actuará de acuerdo a las facultades establecidas en la presente cláusula. Por su parte el Sr. Julián lnda en este mismo acto, acepta el cargo de Gerente.
En prueba de conformidad se deja formalizado el modificatorio dos del contrato de la sociedad, bajo las cláusulas que anteceden, y previa lectura y ratificación se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto en el lugar y fecha indicados al comienzo.
Modificatorio Tres: Cláusula Cuarta y Agrega Cláusula Décimo Cuarta del Contrato de la Sociedad de Responsabilidad Limitada, Expte.
RENQPC.EEP.21607/15
En la ciudad de Neuquén, Capital de la Provincia del mismo nombre, a los 4 días del mes de diciembre del año 2015, se procede a modificar la cláusula cuarta y agrega cláusula décimo cuar-

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ta al contrato. Cláusula Cuarta: Capital Social: El capital social se fija en la suma de $68.000 sesenta y ocho mil pesos, representados por 680
cuotas de valor nominal $100 cien pesos cada una, suscriptas en su totalidad por los socios, en las proporciones y formas siguientes: El Sr. Julián Inda, con 240 cuotas, equivalentes a la suma de $24.000 veinticuatro mil pesos, el Sr. Héctor Eduardo Inda, con 220 cuotas, equivalentes a la suma de $22.000 veintidós mil pesos y el Sr.
Gustavo Rafael Álvarez, con 220 cuotas, equivalentes a la suma de $22.000 veintidós mil pesos.
Cláusula Décimo Cuarta: Fiscalización Societaria:
Los socios tienen plena facultad para examinar los libros y papeles sociales y asimismo recabar del administrador de la sociedad los informes que estimen pertinentes, conforme con lo indicado en el Art. 55 de la Ley Nº 19550. En prueba de conformidad se deja formalizado el modificatorio tres del contrato de la sociedad, bajo las cláusulas que anteceden, y previa lectura y ratificación se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto en el lugar y fecha indicados al comienzo.
Modificatorio Cuatro: Cláusula Cuarta del Contrato de la Sociedad de Responsabilidad Limitada, RENQPC.EEP. 21607/15
En la ciudad de Neuquén, Capital de la Provincia del mismo nombre, a 15 días del mes de febrero del año 2016, se procede a modificar la cláusula cuarta del contrato. Cláusula Cuarta: Capital Social: El capital social se fija en la suma de $68.000 sesenta y ocho mil pesos, representados por 680 cuotas de valor nominal $100 cien pesos cada una, suscriptas en su totalidad por los socios, en las proporciones y formas siguientes: El Sr. Julián Inda, con 240 cuotas equivalentes a la suma de $24.000 veinticuatro mil pesos;
el Sr. Héctor Eduardo Inda, con 220 cuotas, equivalentes a la suma de $22.000 veintidós mil pesos y el Sr. Gustavo Rafael Álvarez, con 220 cuotas, equivalentes a la suma de $22.000 veintidós mil pesos, a aportarse en efectivo, integrando cada uno de ellos en este acto el 25% veinticinco por ciento de lo suscrito y comprometiéndose a integrar el resto dentro del plazo establecido por la Ley Nº 19550 en su Artículo 149. El capital se podrá incrementar cuando se estime procedente mediante cuotas suplementarias, la Asamblea de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 26/2/2016

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaísArgentina

Fecha26/02/2016

Nro. de páginas56

Nro. de ediciones1313

Primera edición12/01/2001

Ultima edición14/05/2024

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