Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 1/9/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Martes 01 de Septiembre de 2020

BOLETIN OFICIAL

como así también el pago de incentivos para el personal de la salud y fuerza de seguridad.
Que en este sentido, se ha invertido la mayoría de los recursos para la atención de la emergencia, los que fueron destinados al sistema de salud y seguridad, asistencias financieras, y contención social, con el fin de ayudar a todos los sectores de la sociedad a atravesar la difícil situación sanitaria, económica y social provocada por el brote mundial del SARS-CoV-2.
Que las medidas implementadas en todo el territorio nacional y provincial de manera temprana han sido fundamentales en la administración de los contagios, logrando que, a pesar de la transmisión comunitaria existente y los brotes con crecimiento exponencial de casos que tuvimos en la provincia, no se haya saturado el sistema de salud.
Que el SARS-CoV-2 se propaga muy fácilmente y de manera continua entre personas y cuanto más cercana y prolongada es la interacción entre las personas, mayor es el riesgo de propagación, por lo que a partir del aumento de la circulación y de la habilitación de numerosas actividades, sumado al no acatamiento o inobservancia en algunos casos de las medidas sanitarias preventivas y prohibiciones vigentes, colectivas y personales, se observó un aumento importante del
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número de casos, con generación de conglomerados y con inicio de transmisión comunitaria del virus, por lo que es fundamental la responsabilidad personal y ciudadana como factor clave para controlar la curva de contagios.
Que todas las jurisdicciones del país han presentado un incremento de casos en los últimos días, tal es la situación de nuestra provincia que al día de la fecha y pese a los esfuerzos del personal afectado a esta emergencia y de todos los ciudadanos se mantiene la transmisión comunitaria sostenida o aumento brusco de casos en el Departamento Capital y Chamical, siendo diferentes las realidades en el resto de los Departamentos, razón por la cual debe realizarse un abordaje diferenciado con miras a las medidas que se deben adoptar.
Que en este contexto, se dictó el Decreto F.E.P. N 1.009/20 mediante el cual se dispuso la adhesión al Decreto N 677/20 emanado del Poder Ejecutivo Nacional el cual estableció que los Departamentos de Capital y Chamical de la provincia de La Rioja se encuentran alcanzados por la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el día 30 de agosto de 2020 inclusive, en tanto que el resto de los Departamentos se encuentran dentro del distanciamiento social, preventivo y obligatorio.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 1/9/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha01/09/2020

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones2453

Primera edición02/01/1998

Ultima edición22/03/2024

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