Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 10/4/2012

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

FUNCION EJECUTIVA
Dr. Luis Beder Herrera Gobernador Cr. Sergio Casas Vicegobernador MINISTERIOS
Dr. Diego Felipe Alvarez De Gobierno, Justicia, Seguridad y Derechos Humanos
Cr. Ricardo Antonio Guerra De Hacienda
Lic. Walter Rafael Flores De Educación, Ciencia y Tecnología
Dn. Néstor G. Bosetti De Infraestructura
De Producción y Desarrollo Local Lic. Teresita Madera De Desarrollo Social
Dr. Juan Luna Corzo De Salud Pública Dr. Alberto Nicolás Paredes Urquiza Secretario General y Legal de la Gobernación
Dr. Héctor Raúl Durán Sabas Asesor General de Gobierno
Dr. Gastón Mercado Luna Fiscal de Estado
SECRETARIAS DE LA FUNCION EJECUTIVA
Arq. Julio César Sánchez De Planeamiento Estratégico
Sr. Pedro Fernando Agost De Cultura
Lic. Alvaro del Pino De Turismo
Lic. Gabriela Lattuca De la Mujer
Dr. Alberto Rubén Andalor De Prevención de Adicciones
D. Isidro Ceballos De Deportes, Juventud y Solidaridad
SECRETARIAS MINISTERIALES
Ing. Agr. Jorge Hernán Salomón a/c. Agricultura y Recursos Naturales
Ing. Agr. Jorge Hernán Salomón De Ganadería
Cr. Miguel Angel De Gaetano De Industria y Promoción de Inversión
Sr. Nito Antonio Brizuela De Ambiente
De la Producción y Desarrollo Local
Arq. Juan Fernando Carbel De Obras Públicas
D. Adrián Ariel Puy Soria De Tierras y Hábitat Social
Sr. Oscar Sergio Lhez De Minería y Energía
Dr. Elio Díaz Moreno De Políticas Sanitarias
Dña. Teresa del Valle Núñez De Desarrollo Humano
Prof. Domingo Antolín Bordón De Derechos Humanos
Ing. Germán Enrique Gracia Del Agua
Dr. Ariel Marcos De Seguridad
Dn. Luis María Solorza De Prensa y Difusión SUBSECRETARIAS DE LA FUNCION EJECUTIVA

Cr. Marcelo Alberto Macchi De Hacienda
Sr. Diego Nahum Ayán De la Juventud y Solidaridad SUBSECRETARIAS MINISTERIALES

Sra. Silvia Amarfil De Empleo
Cr. Luis José Quijano De Comercio e Integración
LEYES NUMEROS 226 y 261
Art. 1º- Bajo la dirección y dependencia de la Subsecretaría General de Gobierno se publicará bisemanalmente el BOLETIN OFICIAL, el que se dividirá en tres secciones, una administrativa, una judicial y otra de avisos.
Art. 3º- Se publicarán en la Sección Judicial, bajo pena de nulidad, los edictos, cédulas, citaciones, emplazamientos, avisos de remates judiciales y, en general, todo otro documento cuya publicidad sea legal o judicialmente obtenida.
A este objeto, los jueces o tribunales de la provincia tendrán obligación de designar al BOLETIN OFICIAL como periódico o diario en que deban insertarse esos documentos, sin perjuicio de hacerse también en otros solamente cuando las leyes de procedimientos exijan la publicación en más de uno.
Art. 10º- Los documentos que en él se inserten serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esa publicación.
DECRETOS NUMEROS 7.052 y 21.257
Art. 2º- El BOLETIN OFICIAL se publicará los días martes y viernes de cada semana, en cuyos números se insertarán los documentos, avisos, edictos, etc., a que se refieren los Artículos 2º y 4º de la Ley Nº 226 y Artículo 3º de la Ley Nº 261, cuyas copias se entregan en Subsecretaría de Gobierno el día anterior a su edición y antes de las once horas.
TARIFAS VIGENTES A PARTIR DEL 01/05/94, DE ACUERDO A LAS DISPOSICIONES DE LA RESOLUCION S.G. Nº 231/94
PUBLICACIONES
a Edictos judiciales, sucesorios, declaratorios de herederos, citación de testigos con orden de juez, el cm Pesos 2,00
b Edicto judicial referente a asignación, posesión treintañal, medición de campos, peritajes, el cm Pesos 2,00
c Edictos de marcas y señas, el cm Pesos 2,00
d Edictos de minas, denuncias y mensuras, el cm Pesos 2,70
e Explotación y cateo, el cm Pesos 2,70
f Avisos de tipo comercial a transferencias de negocios, convocatorias a asambleas, comunicados sobre actividades de firmas comerciales, Pesos 7,15
Ordenanzas y Resoluciones Administrativas, el cm g Balances c/diagramación específica en recuadros o disposición de cifras, rubros, etc. Se tomará en cuenta el espacio que ocupará midiéndose su Pesos 7,15
altura por columna, el cm h Llamado a licitación pública de reparticiones no pertenecientes al Estado Provincial como, asimismo, llamados a concursos para ocupar cargos o Pesos 34,00
postulación a becas, el cm i Publicación de contrato de constitución de sociedades comerciales, renovación o modificación de estatutos, incrementos de capital, etc., el cm Pesos 7,15
No se cobrará en el caso de publicación de avisos de citación, presentación de comisiones de incorporación, y otros de autoridades militares. Idem en caso de publicaciones referidas a Defensa Civil.
Se considerará centímetro de columna al cómputo de quince 15 palabras o fracción mayor de diez 10.
VENTAS Y SUSCRIPCIONES BOLETINES OFICIALES
Ejemplar del día Ejemplar atrasado del mes Ejemplar atrasado hasta un año y más de un mes Ejemplar atrasado hasta más de un año y hasta diez Suscripción anual Colección encuadernada del año Colección encuadernada de más de un año
Pesos Pesos Pesos Pesos Pesos Pesos Pesos
2,50
3,00
3,50
4,00
400,00
600,00
800,00

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 10/4/2012

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha10/04/2012

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones2468

Primera edición02/01/1998

Ultima edición21/05/2024

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