Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 3/6/2011

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 4

BOLETIN OFICIAL

Función Ejecutiva, por las suma de Pesos Dos Millones $
2.000.000,00, por no contar con crédito presupuestario para ello.
Que a los efectos de superar la situación planteada es propósito de esta Función Ejecutiva autorizar al Ministerio de Hacienda a hacer entrega, al Servicio de Administración Financiera de la Coordinación Ejecutiva del Gobierno Provincial, de la suma y con el destino antes señalado, mediante la emisión de un Formulario C-42 Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, debiendo producir posteriormente la regularización de la operación autorizada por el presente, conforme lo establece la Ley Nº 6.425.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126º de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- Autorízase al Ministerio de Hacienda a concretar la entrega al S.A.F. Nº 115 - Dirección General de Administración de la Coordinación Ejecutiva del Gobierno Provincial-, de la suma de Pesos Dos Millones $
2.000.000,00, a través de un anticipo de fondos formulario C-42 Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, que será destinado a hacer frente a las erogaciones que se canalizan a través de dicho Organismo, en particular las instruidas por parte de esta Función Ejecutiva, por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente acto administrativo.
Artículo 2º.- El responsable del Servicio de Administración Financiera deberá producir la regularización de la operación autorizada por el Artículo 1º, conforme lo establece la Ley Nº 6.425, en un plazo que no podrá exceder los treinta 30 días corridos desde su recepción.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Hacienda y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 4º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Herrera, L.B., Gobernador - Guerra, R.A., M.H. - Macchi, M.A., S.H.

Viernes 03 de junio de 2011

Que el presupuesto estimado alcanza a la suma de Pesos Ochenta y Ocho Mil Ciento Dieciséis con Ocho Centavos $ 88.116,08, desagregado en mano de obra y materiales, conforme lo expresado a fs. 5.
Que esta Función Ejecutiva estima oportuno autorizar al Ministerio de Hacienda para que a través de la Dirección General de Obligaciones a Cargo del Tesoro y Administración se libre orden de pago a favor de la Asociación Civil Fundación Amanecer por la suma, concepto y destino antes mencionado, erogación que se imputará a la partida presupuestaria pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126º de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- Destínase la suma de Pesos Ochenta Mil Ciento Dieciséis con Ocho Centavos $ 88.116,08, a favor de la Asociación Civil Fundación Amanecer, para la construcción de la Posta Turística de Sanagasta; por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente acto administrativo y los antecedentes contenidos en Expte. F2101033-2-10.
Artículo 2º.- Por la Dirección General de Obligaciones a Cargo del Tesoro y Administración dependiente del Ministerio de Hacienda, líbrese orden de pago por la suma y concepto expresados en el artículo anterior a favor de la Asociación Civil Fundación Amanecer, con cargo a la partida específica del presupuesto vigente indicado a fs. 15 de oportuna rendición de cuentas.
Artículo 3º.- La Asociación Civil Amanecer se obliga a la aplicación de los fondos exclusivamente a la finalidad para el que se otorga la asistencia financiera, bajo apercibimiento de constituirlo en cuentadante, con las obligaciones emergentes del Art. 28 y concordantes de la Ley Nº 4.828.
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 5º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

Herrera, L.B., Gobernador - Guerra, R.A., M.H. - Macchi, M.A., S.H.

DECRETO Nº 1.472
La Rioja, 04 de noviembre de 2010
Visto: el Expediente Código F21-01033-2-Año 2010, mediante el cual la Dirección General del Centro Administrativo Provincial y Conservación de Edificios Públicos, presenta a la Asociación Civil sin fines de lucro Fundación Amanecer, Personería Jurídica otorgada por Resolución Conjunta M.G. y D.H. Nº 1.299 y S.R.C. Nº 025/04; y,

DECRETO Nº 1.511
La Rioja, 08 de noviembre de 2010
Visto: el Expediente Código F14-Nº 01138-7-Año 2010, que contiene la presentación realizada por la Empresa Agroarauco Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria; y,
Considerando:
Considerando:
Que dicha Fundación tendrá a su cargo la construcción de la Posta Turística de Sanagasta conforme con el proyecto que ejecutará el Organismo Provincial de mención, solicitando la asistencia financiera necesaria para su concreción.

Que a través de la misma solicita a esta Función Provincial, asistencia financiera por la suma de Pesos Un Millón Trescientos Cinco Mil Ochocientos Sesenta $
1.305.860,00, que será utilizada a cubrir gasto e intervenciones de los meses de noviembre y diciembre/10.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 3/6/2011

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha03/06/2011

Nro. de páginas21

Nro. de ediciones2468

Primera edición02/01/1998

Ultima edición21/05/2024

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