Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 21/1/2003

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 4

BOLETIN OFICIAL
DECRETOS AÑO 2002

DECRETO N 861
La Rioja, 03 de octubre de 2002
Visto: El Decreto N 673 de fecha 22 de agosto de 2002, mediante el cual se da por concluido el proceso de Liquidación del Banco de la Provincia de La Rioja, que fuera dispuesta por el Artículo 2 de la Ley N 5545; y,Considerando:
Que, entre otras cuestiones, ha quedado pendiente de solución la escritura traslativa de dominio a favor del ex Banco de la Provincia de La Rioja en liquidación y/o Gobierno de la Provincia de La Rioja, de la Unidad Funcional Número Uno compuesta de cinco polígonos y que físicamente comprenden el Subsuelo, Planta Baja, Primer Piso, Segundo Piso y Tercer Piso del Edificio Federación, sito en calle San Martín N 117 de esta Ciudad.
Que dicha escrituración ha originado la causa judicial contenida en los autos Expte. N 33-407-Letra E-Año 2000, caratulados: Ex Banco de la Provincia de La Rioja contra Río Manso S.A. Escrituración, que se tramita por ante la Cámara Civil, Comercial y de Minas
Secretaría A de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en esta Capital.
Que, a fin de dar por concluido el proceso iniciado, se ha suscripto entre las partes un convenio del que surgen obligaciones recíprocas que fuera homologado por la Cámara actuante.
Que, a la fecha, la Delegación Liquidadora del Ex Banco de la Provincia de La Rioja ha dado cumplimiento parcial a los compromisos asumidos, lo que ha impedido concluir con el citado proceso, habiéndose registrado sobre la propiedad en cuestión, embargos de terceros en contra de su actual titular.
Que, por lo precedentemente expuesto, es propósito de esta Función Ejecutiva instruir al Ministerio de Economía y Obras Públicas para que en forma inmediata convenga, mediante acuerdo expreso, la definitiva solución al proceso de escrituración.
Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial,-

Martes 21 de enero de 2003

que físicamente comprenden el Subsuelo, Planta Baja, Primer Piso, Segundo Piso y Tercer Piso del Edificio Federación, sito en calle San Martín N 117 de esta Ciudad el que, en general, deberá ajustarse a los términos que más abajo se expresan.
Artículo 2 - En el acuerdo autorizado en el Artículo anterior deberá dejarse expresamente sentado que la erogación que demande este acto no deberá superar la suma de Pesos Cien mil $ 100.000, saldo adeudado del importe comprometido en el Acuerdo homologado por la Cámara Segunda en lo Civil, Comercial y de Minas, Secretaría A en los autos Expte. N 33-407-Letra EAño 2000, caratulados: Ex Banco de la Provincia de La Rioja contra Río Manso S.A. Escrituración, pudiendo convenir pagos parciales al solo efecto del levantamiento del embargo trabado sobre los inmuebles a escriturar a favor del Gobierno Provincial. La cancelación del saldo deberá verificarse previa firma de la escritura traslativa del dominio con participación de la Escribanía General de Gobierno.
Artículo 3 - Autorízase al Ministerio de Economía y Obras Públicas, a realizar las modificaciones presupuestarias que estime pertinentes a fin de dotar de crédito suficiente a las partidas con la que se atenderá la presente erogación.
Artículo 4 - Oportunamente deberá notificarse a Fiscalía de Estado del acuerdo al que se arribare, para el trámite judicial de competencia por ante la Cámara actuante y en los autos citados en el Artículo 2.
Artículo 5 - El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Economía y Obras Públicas y de Coordinación de Gobierno y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 6 - Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Maza, A.E., Gobernador - Aldao Lamberto, J.D., M.E.
y O.P. - Rejal, J.F., M.C.G. - Garay, J.M., S.H.

DECRETO N 955
La Rioja, 28 de octubre de 2002
Visto: El Decreto F.E.P. N 850 de fecha 1 de octubre de 2002; y,Considerando:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1 - Instrúyese al Ministerio de Economía y Obras Públicas, a convenir, mediante acuerdo expreso, la definitiva escritura traslativa de dominio a favor del Gobierno de la Provincia de La Rioja, de la Unidad Funcional Número Uno compuesta de cinco polígonos y
Que a través del Artículo 2 del referido acto administrativo se autorizó al señor Ministro Coordinador de Gobierno, a disponer la Contratación del personal necesario para desempeñarse en la Unidad Previsional Provincial, asignándose para ello la suma de pesos Diecisiete mil $ 17.000, destinados a la atención de las

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 21/1/2003

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha21/01/2003

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones2468

Primera edición02/01/1998

Ultima edición21/05/2024

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